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Francisco incluyó además el maltrato físico o psicológico dentro de los delitos en este nuevo decreto firmado el 26 de marzo y publicado este viernes.

Francisco incluyó además el maltrato físico o psicológico dentro de los delitos en este nuevo decreto firmado el 26 de marzo y publicado este viernes. | Foto: EFE

Publicado 29 marzo 2019



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La punición de corte judicial también acarrea la destitución de sus cargos y funciones en caso de ser encontrados culpables en la obstrucción de la justicia. 


 

El máximo representante de la iglesia católica, papa Francisco, anunció este viernes que activará sanciones de cárcel y multas a todo el personal del Vaticano y a los diplomáticos de la Santa Sede en el extranjero que irrumpa en delitos de encubrimiento de abusos sexuales contra infantes. 

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Esta determinación la oficializó a través de tres documentos que detallan las puniciones a las que serán sometidos quienes en El Vaticano o cualquier otra dependencia de la iglesia católica oculten cualquier evidencia o testimonio referente a delitos sexuales contra menores de edad en el mundo entero.

Asimismo, el sumo pontífice destacó que las penalizaciones incluyen pena de cárcel y la ampliación de la prescripción del delito hasta que el menor agraviado cumpla 38 años de edad.

Las clausulas de los documentos tienen el objetivo de prevenir, combatir y procesar judicialmente a quienes cometan abusos sexuales.

"Estos actos refuerzan la protección de menores a través de la potenciación del cuadro normativo. El Santo Padre desea que, también gracias a estas normas que conciernen al Estado de la Ciudad del Vaticano y la Curia Romana, madure en todos la conciencia que la Iglesia deba ser cada vez más una casa segura para los niños y las personas vulnerables", manifestó como vocero, el director de la oficina de prensa del Vaticano, Alessandro Gisotti.

En este sentido, esta promulgación de ley entrará en vigor el próximo 1 de junio, y vendrá además a modificar el Código Penal de 1889, llamado Zanardelli; el decreto estipula sanción a quienes omitan o retrasen la denuncia de casos de abusos a menores o personas vulnerables, excepto en caso de secreto de confesión.


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