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Los artículos 242 y 14 inciso 6 del Código de Familia, y el artículo 4 inciso m de la Ley de Persona Joven son los que se podrían declarar inconstitucional.

Los artículos 242 y 14 inciso 6 del Código de Familia, y el artículo 4 inciso m de la Ley de Persona Joven son los que se podrían declarar inconstitucional. | Foto: Noticias TM

Publicado 8 agosto 2018



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Antes del 15 de agosto Tribunal Constitucional de Costa Rica deberá decidir si declara inconstitucional tres artículos de sus leyes vigentes. 

Antes del 15 de agosto el Tribunal Constitucional de Costa Rica deberá decidir si aprueba el matrimonio igualitario en la nación, de acuerdo a un aviso de esta instancia del 18 de julio. 

En ese sentido, a pocos días de que el Tribunal decida entre dos recursos que consideran discriminatorios en el Código de Familia vigente en la nación,  la Defensoría de los Habitantes de la República (DHR) instó a este ente a dar un fallo positivo a esta propuesta, ya que su juicio es necesario saldar la deuda histórica con esta comunidad. 

 

La Sala Constitucional debe decidir si declaran insconstitucional el artículo 242 del Código de Familia que establece que: La unión de hecho pública, notoria, única y estable, por mas de tres años, entre un hombre y una mujer que posean aptitud legal para contraer matrimonio, surtirá todos los efectos patrimoniales propios de matrimonio formalizado legalmente, al finalizar por cualquier causa.

Así como su artículo 14 inciso 6 que aclara que es legalmente imposible el matrimonio entre personas del mismo sexo. 

 

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Además del artículo 4 inciso M de la Ley de Persona Joven reza que "el derecho al reconocimiento, sin discriminación contraria a la dignidad humana, de los efectos sociales y patrimoniales de las uniones de hecho que constituyan de forma pública, notoria, única y estable, con aptitud legal para contraer matrimonio por más de tres años. Para estos efectos, serán aplicables, en lo compatible, los artículos del 243 al 245 del Código de Familia, Ley N.º 5476, de 21 de diciembre de 1973, y sus reformas.

De declararse inconstitucional estos artículos, Costa Rica será el primer país de Centroamérica que declare legal el matrimonio igualitario. 

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