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En 2015 el Gobierno macrista endureció los requisitos para que las personas con discapacidad puedan disfrutar del beneficio de pensiones.

En 2015 el Gobierno macrista endureció los requisitos para que las personas con discapacidad puedan disfrutar del beneficio de pensiones. | Foto: El Destape

Publicado 26 septiembre 2018



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Mediante resolución en Boletín Oficial el Gobierno de Macri da un plazo de 10 días a las personas que reciban el beneficio gubernamental de reclamar.

El Gobierno de Argentina, presidido por Mauricio Macri, dio su primer paso para realizar los recortes a las pensiones por discapacidad por concepto de "incompatibilidad", al emitir una resolución anunciando la medida. 

Mediante la resolución 268/2018 publicada en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo anunció que las personas que deseen realizar algún tipo de reclamos ante las autoridades competentes dispondrán de un plazo de diez días administrativos para hacer los reclamos ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). 

Foto: La Nación.
 

De esta manera el macrismo quitará el beneficio de pensiones a aquellas personas que presentan algún tipo de discapacidad que involucre una invalidez del 76 por ciento o más y que no posea bienes o ingresos que le permitan su subsistencia. 

En ese sentido, las sociedades que defienden a este sector de la sociedad encendieron las alarmas y solicitaron al Gobierno minimizar los "errores administrativos" o "quitas compulsivas" que perjudiquen a las personas que más necesiten las pensiones. 

>> Justicia argentina ordena restituir pensiones a discapacitados

En Contexto 

Desde diciembre de 2015 el Gobierno de Mauricio Macri estableció recortes en las pensiones de discapacidad de unas 170.000 y endureció las condiciones y políticas para la asignación del beneficio, dando como resultados que las personas que se consideraban con menos del 80 por ciento de discapacidad fueran excluidos del programa. 

Actualmente el beneficio está dirigido a personas que cumplan con los siguientes requisitos: 

* No percibir, ni el beneficiado ni el cónyuge, ninguna jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva. 

* Certificar que la discapacidad para laborar representan una disminución del 76 por ciento a más. 

* No estar empleado bajo relación de dependencia. 

* No tener bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia o la de su grupo familiar. 

* No tener parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo. 

* Ser argentino nativo, argentino naturalizado con por lo menos cinco años de residencia o extranjero con por lo menos 20 años de residencia. 

* No estar detenido o a disposición de la justicia. 

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