La dignataria argentina, Cristina Fernández, promulgó este martes el nuevo Código Civil y Comercial, que relevará al vigente desde 1987 en la nación y plantea reformas en materia de derechos humanos, y en especialidades como la penal y mercantil con el objetivo de agilizar los trámites penales, de divorcio o registro de una propiedad en función de aliviar el tráfico de demandas.
Por el lado comercial, establece la figura de "sociedad unipersonal", de modo que quien proyecta una inversión asuma solo el riesgo por los bienes que invierta en ese proyecto. A su vez, incluye la posibilidad de pagar en la moneda de curso legal las deudas pactadas en moneda extranjera.
"Creo que con las reformas podremos tener en marcha nuevos procesos, nos hará en una sociedad con mayor sinceridad", dijo Fernández tras promulgar el nuevo reglamento desde el Museo Bicentenario. "Hemos cumplido", enfatizó la mandataria para quien el nuevo código es el más "aperturista" a escala mundial.
Conozca los trámites que los argentinos podrán realizar con el nuevo código:
-Matrimonio
Se modifica la regla de distinción entre hombre y mujer que quieran unirse en matrimonio, incorporando la ley de Matrimonio Igualitario. Se consolida el concepto de “vida en común” centro de la unión matrimonial basado en la cooperación, la convivencia, el deber moral de fidelidad, la obligación de la pareja. Se ratifica y regula la separación de bienes, exceptuando la concertación de algunos por contratos prenupciales.
-Adopción
Las normativas del nuevo Código Civil y Comercial establecen la agilización de trámites para adoptar un niño, niña u adolescentes, para aquellos padres adoptantes que cumplen con los requisitos exigidos por bienestar social y las casas hogares. El proceso no durará más de dos años.
-Divorcio
El proceso de divorcio cambiará la documentación, las demandas y firmas de abogados con los cambios por ayuda asistida, pues "nadie se casa para divorciarse". "Lo que está bueno es que si te fue mal en el matrimonio te ayuden a mejorar tu vida", explicó la mandataria.
-Penalización
Respecto a los procesos judiciales, el reglamento dicta que un acusado en proceso de juicio no deberá esperar más de 4 años por audiencia, ni el condenado sentenciado más de cuatro años para salir en libertad, por ejemplo.
En Argentina el promedio de procesados es de 65 por ciento y condenados 35 por ciento " casi la media de los porcentajes mundiales", destacó Fernández.
-Igualdad de género
La mandataria argentina explicó que en este ámbito, los hijos tendrán el derecho de decidir si llevar primero el apellido de la madre o del padre. En ese sentido, resaltó las bondades del código para erradicar la hegemonía masculina y promover la igualdad de género.
-Opciones de pago comercial
El nuevo código aclara que aquellos contrarios comerciales hechos moneda extranjera previstas a pagar en tiempo determinado, podrán ser cancelados en moneda local sin mayores contratiempos, lo cual fortalece la soberanía de la nación suramericana.
-Propiedad de los pueblos indígenas
Las comunidades nativas reivindicarán su derecho a la tierra, que la gestión de Fernández ha reconocido durante más de 10 años. Con el nuevo código, los nativos podrán tramitar registros de territorios en colectivo.
-Contratos Comerciales
En esta materia, se introducen tres categorías de contratos: discrecional o paritario, por adhesión a cláusulas predispuestas y de consumo, en caso de este último deberá regirse por la ley de Protección al Consumidor.
-Responsabilidad parental
De acuerdo con el status jurídico del niño, niña y adolescente como sujeto de derecho, la patria potestad pasa a ser responsabilidad social, recalca el cuidado personal del hijo, que tiene un valor económico y constituyen un aporte a su manutención. Se establece el derecho de alimentos provisorios para el hijo extramatrimonial o no reconocido.
-Fertilidad asistida
En el nuevo código se establece las técnicas de reproducción humana asistida (inseminación artificial, fecundación in vitro). Se regula expresamente el consentimiento previo, informado y libre; los requisitos del procedimiento a emplear, la prevalencia de la voluntad procreacional.