• Telesur Señal en Vivo
  • Telesur Solo Audio
  • facebook
  • twitter
El Tribunal Constitucional aseguró que un referéndum sólo puede convocarlo el Estado.

El Tribunal Constitucional aseguró que un referéndum sólo puede convocarlo el Estado. | Foto: EFE

Publicado 25 febrero 2015



Blogs


La ley autonómica también fue declarada nula. El Tribunal Constitucional de ese país alega que un referéndum sólo puede ser convocado por el Estado.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) de España declaró este miércoles inconstitucionales por unanimidad, tanto la consulta soberanista convocada por el presidente de Cataluña, Arturo Mas, como la ley autonómica.

Los magistrados Juan Antonio Xiol y Pedro González-Trevijano señalaron que el Tribunal considera que la consulta encubría un referéndum que sólo puede convocar el Estado.

El pasado 9 de noviembre, más de 2 millones de catalanes votaron en la consulta soberanista de carácter no vinculante y expresaron su apoyo a la independencia de Cataluña. Tras ese resultado, el presidente de la Generalitat, Artur Mas, pidió al presidente de Gobierno, Mariano Rajoy, autorizar un referéndum.

Durante todo el proceso, Rajoy rechazó y arremetió contra la consulta a la que catalogó como “ilegal”.

En enero pasado, Artur Mas había anunciado que el próximo 27 de septiembre de 2015 el pueblo catalán celebraría las elecciones anticipadas a favor de la independencia de esa región de España.

El dato:
Cataluña tiene 7,5 millones de habitantes y suma el 20 por ciento de la riqueza nacional.

Tags

Cataluña

Comentarios
0
Comentarios
Nota sin comentarios.