ONG denuncia que De la Espriella autoriza operaciones con EE.UU. sin control constitucional
La ONG Temblores exige al Gobierno explicar bajo qué figura jurídica permitirá la participación de fuerzas de EE.UU. en operaciones militares dentro del territorio colombiano.
De la Espriella aseguró que avanza en una agenda conjunta con Estados Unidos para fortalecer la seguridad regional y combatir frontalmente el narcoterrorismo. Foto: EFE
8 de septiembre de 2026 Hora: 22:40
🔗 Comparte este artículo
La ONG de derechos humanos Temblores condenó este martes la decisión del Gobierno de Abelardo de la Espriella de realizar cooperación en seguridad con Estados Unidos y la calificó de inconstitucional, tras advertir que se están pactando operaciones militares a espaldas de los controles que exige la carta magna.
El pronunciamiento de la organización social se originó luego de que el propio presidente De la Espriella confirmara en sus redes sociales la recepción en Barranquilla del secretario de Estado estadounidense, Marco Rubio, bajo la premisa de consolidar una alianza estratégica y bilateral enfocada en el combate frontal al narcoterrorismo.
Sin embargo, esta visita diplomática de alto nivel reavivó las alarmas jurídicas desatadas previamente por el secretario de Guerra de Estados Unidos, Pete Hegseth, quien aseguró de manera abierta que el Ejecutivo colombiano había autorizado el despliegue de operaciones militares conjuntas en territorio nacional.
Ante estos anuncios de carácter bélico, la ONG Temblores interpuso un derecho de petición urgente ante el Consejo de Estado para determinar si el Gobierno Nacional había cumplido con la obligación constitucional de consultar la presencia de fuerzas extranjeras.
La respuesta de la corporación judicial fue lapidaria al certificar formalmente que, tras revisar los registros institucionales entre el 7 de agosto y el 7 de septiembre de 2026, no existe ninguna solicitud oficial por parte de la Administración de De la Espriella relacionada con el tránsito o permanencia de tropas foráneas.
LEA TAMBIÉN:
De la Espriella exhibe cadáveres tras operativo militar en Colombia y desata críticas
«Antes de autorizar el tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional, el Gobierno debe oír al Consejo de Estado. No es una facultad discrecional. Es una obligación expresa establecida en el artículo 237.3 de la Constitución», destacó el Consejo de Estado, según la ONG Temblores.
Constitucionalistas y defensores de derechos humanos recordaron que el artículo 237.3 de la Constitución Política impone como un deber ineludible oír de forma previa al Consejo de Estado, un mecanismo que el presidente de dicho tribunal, Alberto Montaña Plata, ratificó como un requisito preceptivo, preventivo y de obligatorio cumplimiento.
Aunque en el pasado, como ocurrió en el año 2020 con la brigada SFAB, se exceptuó dicho concepto debido a que el personal extranjero cumplía exclusivamente funciones de asesoría, entrenamiento y capacitación sin porte de armas, las actuales operaciones conjuntas implican combate directo, lo que activa de manera estricta los candados legales.
Desde diversos sectores sociales se enfatizó que el uso de la etiqueta diplomática de cooperación internacional no puede servir como coartada institucional para evadir los controles democráticos, por lo que exigieron al mandatario explicaciones detalladas sobre los mandos, el armamento y el sustento jurídico de esta intervención extranjera.
Autor: teleSUR - mb - JB
Fuente: Agencias




