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  • El asilo político concedido a Hurtado en Pamaná fue declarado inconstitucional (Foto:Archivo)

    El asilo político concedido a Hurtado en Pamaná fue declarado inconstitucional (Foto:Archivo)

Publicado 3 junio 2014



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El vicefiscal colombiano, Jorge Perdómo, aseguró que la exjefa del antiguo Departamento Administrativo de Seguridad, María del Pilar Hurtado no podrá salir Panamá por tener condición de refugiada y vencidos los documentos de identidad.

“Es claro para la Fiscalía que la señora María del Pilar Hurtado no puede salir legalmente de Panamá, es decir, que no puede abandonar este país de manera legal porque no tiene pasaporte vigente”, dijo Perdomo.

Agregó que aún continúa atenta a la deportación de la exjefa del DAS, aunque el proceso de tramitación tendrá que retrasarse. Hurtado es requerida por la justicia colomabiana por su supuesta participación en las “chuzadas” ilegales de ese organismo, en el gobierno de Alvaro Uribe Vélez, interceptaciones ilegales a periodistas, magistrados, congresistas y defensores de derechos humanos cuando ella dirigía la institución de seguridad.

“La Fiscalía primero solicitó la deportación pero también la extradición de la señora María del Pilar Hurtado y estamos esperando que se surtan los trámites correspondientes ante las diferentes autoridades”, sostuvo Perdómo.

Este lunes, funcionarios de la Fiscalía viajaron a la nación centroamericana para conocer el estatus legal de Hurtado, quien está en condición de refugiada en ese país desde 2011 cuando el gobierno de Ricardo Martinelly le concedió un asilo político, declarado recientemente inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia.

Tras conocer la información judicial de la exjefa del DAS, Colombia solicitó a la Policía Internacional que emitiera una orden de captura internacional contra Hurtado mediante la circular roja, petición que aún estudia la oficina de asuntos jurídicos de la Secretaría General de Interpol en Francia.

Pese al impedimento legal para tramitar la extradición, la Fiscalía dijo que la orden de detención expedida por el Tribunal Superior de Bogotá contra Hurtado, aún es vigente, dado que la Corte Suprema de Justicia de Panamá declaró inconstitucional el asilo territorial que le fue concedido en el 2011.


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