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Al Assad es apoyado por la mayoría de los sirios. (Foto: Archivo)

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Publicado 9 junio 2014



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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede Estrasburgo, se negó a condenar al Estado español por considerar que la demanda fue presentada con defectos formales por parte de Purificación Lapeña, por no exhumar los restos de su abuelo y su tío abuelo, fusilados durante la Guerra Civil y enterrados en El Valle de los Caídos.

De acuerdo con la información judicial, la demanda que se presentó el pasado 9 de mayo El “día de Europa” no tiene proceder, puesto que todas las instancias españolas rechazaron abrir una investigación sobre las desapariciones.

Lapeña remitió un documento en que explica que su abuelo Manuel Lapeña era veterinario y su tío abuelo, Antonio Ramiro Lapeña, trabajaba en herrería cuando desaparecieron en 1936. “Su único delito fue fundar un sindicato en la localidad zaragozana de Villarroya de la Sierra”. Sus restos fueron trasladados al Valle de los Caídos por orden del Ministerio de Gobernación en 1959.

El abogado de Lapeña, introdujo un recurso para que Estrasburgo condenara al Estado Español por incumplir el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que establece garantizar un proceso justo y requiriera la exhumación de los restos óseos para entregarlos a la familia con el fin de "darles sepultura o incineración, testimoniando su respeto y honra".

El objetivo del abogado era que la Audiencia Nacional tomara muestras del perfil genético de Lapeña como medida cautelar a fin de que recibiera una compensación ajustada a la ley que incluyera "daños pecuniarios, las costas o los gastos legales", pero el tribunal resolvió que el argumento no tiene validez.

Lapeña optó por acudir a la doctrina de Estrasburgo reconoce a las víctimas y sus familias el derecho a "conocer la verdad sobre acontecimientos que impliquen la violación masiva de derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a contar con una investigación judicial efectiva y una eventual reparación".


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