Gobierno de Milei oficializa el fin de la atención médica gratuita a extranjeros

La Resolución 1066/2025 del Ministerio de Salud revierte la política solidaria y humanitaria del Estado argentino al obligar el pago de aranceles o la presentación de un seguro de salud internacional para recibir asistencia médica habitual.

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La normativa entrará en vigor a partir de este miércoles como parte de las políticas antiinmigrantes impulsadas por la gestión de Javier Milei. Foto: EFE


11 de agosto de 2026 Hora: 19:42

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El Gobierno de Argentina oficializó la eliminación de la gratuidad en la atención de los hospitales públicos nacionales para personas extranjeras no residentes a través de la Resolución 1066/2025 del Ministerio de Salud, medida que entra en vigencia a partir de este miércoles 12 de agosto.

Como parte de las políticas antiinmigrantes impulsadas por la gestión de Javier Milei mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emitido en mayo pasado, la norma revierte la política solidaria y humanitaria del Estado argentino al obligar el pago de aranceles o la presentación de un seguro de salud internacional para recibir asistencia médica habitual.

La nueva decisión de obligar a los extranjeros a pagar por un servicio históricamente gratuito fue oficializada con una pormenorizada lista de prestaciones que tendrán precio y las que no. Aunque la normativa habla de una supuesta «igualdad de condiciones» con la que contarán quienes requieran una prestación, deja claro que «solo se brindará tratamiento médico o atención sanitaria habitual con la presentación de un seguro de salud», advirtiendo que de lo contrario habrá una «cancelación del servicio».

Para su ejecución se fijó el denominado Procedimiento Operativo para la Atención Sanitaria de Personas Extranjeras en los Establecimientos Sanitarios administrados por el Estado nacional. El sistema establece la recepción de la persona, la acreditación de la residencia a través del DNI o declaración jurada de cobertura internacional, el pago del arancel correspondiente en moneda de curso legal y la posterior atención sanitaria.

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El procedimiento formaliza un sistema de atención diferenciada según la situación migratoria. En casos de emergencia se establece que «no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria«. Sin embargo, si no son residentes deberán pagar luego y si son residentes no.

Los residentes deberán presentar su DNI para comprobar su condición y, en caso de extravío o renovación del documento, «se admitirá temporalmente la Constancia de Residencia Permanente en Trámite emitida digitalmente por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM)».

Excepciones de urgencia y riesgo vita

La Resolución 1066/2025 exceptúa del cobro inmediato las emergencias médicas que impliquen un riesgo inminente para la vida o un daño irreversible. Abarcando cuadros críticos como paros cardiorrespiratorios, infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos severos, hemorragias masivas, quemaduras graves, sepsis e intoxicaciones agudas.

La norma también contempla la atención sin arancel previo en casos de abdomen agudo quirúrgico, emergencias obstétricas y neonatales, además de cualquier patología que, bajo el criterio fundado del médico responsable y los protocolos vigentes, ponga en riesgo la vida o la conservación de una función orgánica vital.

Esta medida va de la mano con el cuestionado DNU 366/2025 que en mayo introdujo cambios en la Ley de Migraciones, donde se establecía la creación de un seguro de salud obligatorio para turistas y extranjeros no residentes, así como el cobro por la educación pública en universidades nacionales.

En el marco de estas políticas, se suma la disposición adoptada mediante el decreto emitido el mes pasado tras la campaña en redes sociales desatada contra el país luego de la final del Mundial de Fútbol 2026. Con esta medida, se prohíbe el ingreso y se ordena «la expulsión del territorio nacional a todo extranjero que dirigiere o incitare mensajes de odio, discriminación y/o violencia contra el pueblo argentino», así como a quienes «ultrajen los símbolos patrios».

Autor: teleSUR: mr - JB

Fuente: Página 12