Contexto, memoria y validez de la Declaración Internacional de Derechos de los Pueblos Indígenas

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La participación masiva indígena es vista como un impulso fundamental para la democracia directa y la aceleración de la recuperación integral del Estado de Bienestar. Foto: teleSUR.


Por: Héctor Gutiérrez García

9 de agosto de 2026 Hora: 11:11

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Este domingo 9 de agosto se conmemora la Declaración Internacional de Derechos de los Pueblos Indígenas. Es un recordatorio de la importancia para la humanidad y para todo el planeta sobre lo que pueden aportar los pueblos indígenas al porvenir mundial y a la transformación de aquello que atenta contra nuestro destino como especie humana. Sin embargo, tal fecha no ha sido una concesión ni una dádiva del mundo occidental. No la suplicaron ni mendigaron tales pueblos, sino que deriva de justas exigencias y conquistas históricas que lograron ser impulsadas desde varias organizaciones y plasmadas en normas internacionales tras complejas negociaciones, las cuales vinieron precedidas de siglos de luchas, resistencias e insurgencias por la dignidad y la vida.  

Cuando se plantea que los pueblos indígenas son originarios, es porque han habitado todos los continentes desde hace milenios. Y acá en nuestro continente algunos pueblos han habitado -según ciertas investigaciones arqueológicas e históricas- por miles y decenas de miles de años: alrededor de 5000 años en el área norcentral del Perú con la civilización Caral, a los que se suman antiguos pueblos andinos del sur como los Uru-Chipaya, Chavín, Chiripa, Paracas, Pukara, Moche (Mochica), Nazca y Tiwanaku Wari; pueblos del norte como los Olmecas, Iroqueses e Inuit (eskimales); y en nuestro territorio, pueblos con antigüedad de unos 14.000 años en el noroeste de Venezuela como los Arawak, Wayuu, Caquetíos, Tomuzas,  Pemón y Yanomami.

Luego de la colonización y esclavización europeas surgidas tras una difícil y parcial derrota militar de los pueblos originarios, la manera en que tales pueblos han mostrado su sentido de pertenencia ha sufrido algunas alteraciones producto de esa colonización y la posterior neocolonización anglosajona, con sus impactos en la cultura colectiva, en la subjetividad personal y en la materialidad de la vida, secuelas mejor conocidas como colonialidades. Parte de ellas ha sido la manera de percibirse y ser percibidos: un pueblo originario zuliano que históricamente se ha llamado a sí mismo como Yuk’pa o Barí, fue denominado -por una equivocación geográfica de navegantes invasores como Cristóbal Colón, Francisco Pizarro o Hernán Cortés- como “indio”, y luego, como “motilón” -por parte de las jerarquías eclesiásticas-. De esta manera, desde Occidente les fue “adscrita” una identidad. Esto ocurrió con más de 60 pueblos originarios de nuestro territorio -desde los Akawaio/Ka`pón a los Yuk’pa-.

A pesar de lo anterior -y sin perder sus propios acervos milenarios- muchos de estos pueblos colectivamente se han apropiado -desde sus propias cosmovisiones y filosofías ancestrales- de la cultura impuesta, lo que incluye los idiomas y las palabras foráneas: es decir, bajo decisiones propias han adquirido la capacidad de decisión sobre elementos culturales ajenos. Especialmente para lograr una unificación continental de las luchas comunes (lo que en algún momento fue llamado “pan-indianismo”) algunos pueblos han asumido ciertas “identidades políticas”, definiéndolas desde su dignidad como pueblos y desde su forma de ser -considerando lugares, momentos, relaciones y dinámicas-, mientras luchan al mismo tiempo contra el prejuicio y vocación “clasificatoria” detrás de las palabras impuestas que han usadas por Occidente para “definir” sus identidades.

Ejemplo de ello, es que continentalmente se pueden encontrar que algunos pueblos del Sur asumen la autodenominación de “naciones originarias”, como el caso de la nación Mapuche de la zona de Wallmapu (lugar donde confluyen Ngulumapu -territorio en el cual luego se estableció el estado chileno- y Puelmapu -para el caso del estado argentino-), o dentro de los pueblos norteños de Suramérica, la nación Wayuu (milenariamente habitante de la tierra Woumain, donde posteriormente se establecieron las Repúblicas venezolana, colombiana y panameña).

Mientras que algunos pueblos originarios de la zona andina de Suramérica -aymaras y keshwas- se han venido autodenominando como “pueblos indios” desde la rebelión de la ‘mama t’alla’ -lideresa- keshwa Domitila Quispe (1922), denominación que fue retomada luego en el pensamiento indianista-katarista del keshwaymara José Félix “Fausto” Reinaga Chavarría y de su hijo Ramiro “Wankar” Reinaga Burgoa, como también por parte del ‘mallku’ -líder- aymara Felipe Quispe Huanca, al punto de que, en el levantamiento de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de Ecuador (CONAIE) de 1990, la consigna era “Con la palabra Indio nos dominaron, con la palabra Indio nos levantaremos” (una dominación que se comprende cabalmente, dado que históricamente la categoría supraétnica de “indio” fue construida por el sistema colonial para designar a un pueblo que ha sido “colonizado”, es decir, a un pueblo sometido). Por otra parte -y mucho más conocido- existe el término “indígena”, ya que ha sido usado en la legislaciones nacionales e internacionales.

Al respecto, como lo reflexionó en el año 1993 cuando abogó por la autodeterminación de los pueblos originarios desde el Consejo Mundial de Pueblos Indígenas (CMPI), Donald Rojas Maroto -líder histórico indígena del pueblo Brunka de Costa Rica- cada pueblo tiene colectivamente la autónoma decisión política de nombrarse como lo considere necesario en su programa de liberación frente a toda forma de opresión.

Ello también recuerda la resignificación que asimismo habían realizado los pueblos Africanos y de la Diáspora africana de la palabra “Negro”, como fue el caso de la noción de “Negritud” (usada en Senegal por Leopoldo Sedar Senghor y en Martinica por Aimé Cesaire), y aquella más reconocida para el caso afroestadounidense, con la frase “Lo negro es bello” (Black is Beautiful), que impulsó las vindicaciones de los movimientos del “Poder Negro” (Black Power) y de las “Panteras Negras” (Black Panthers). Allí coinciden los movimientos populares en la “apropiación” de un concepto que había venido siendo usado para descalificarles, para luego resignificarlo al cambiarle el sentido que traía, para así colocarlo dentro de un proyecto popular de liberación.

Y es que dichos pueblos han combatido desde el mismo inicio de la invasión europea ocurrida en los cinco continentes, la cual fue perpetrada inicialmente por latifundistas, comerciantes, mercantilistas, jerarquías eclesiásticas y monarquías, y posteriormente por empresas esclavistas y explotadoras, corporaciones transnacionales y sectas religiosas imperialistas. Tales procesos siempre han intentado ocupar los territorios originarios mediante la manipulación cultural, sumada a las amenazas de exterminio y al empleo de las violencias más crueles: terribles genocidios y feminicidios contra la población originaria de aquí y de África, y contra su descendencia secuestrada y conducida al esclavismo (corporal y mental), en números que oscilaron entre las decenas y centenas de millones de personas exterminadas de múltiples maneras (de doloroso y espeluznante recuerdo).

Tan atroces fueron esas sanguinarias masacres, que ello condujo a que, entre los primeros curas que acompañaron al invasor Cristóbal Colón, uno de ellos, el fraile Bartolomé de Las Casas, denunciara estos crímenes ante los Reyes de Castilla y ante grupos de teólogos católicos. Un testimonio que quedó plasmado en sus obras “Brevissima relación de la destrucción de Las Indias” (1542) y “Brevíssima relación de la destruycción de África” (1552).

La lectura de tales testimonios genera tal indignación, que el mismo Libertador Simón Bolívar expresó en su “Carta de Jamaica” (1815) su rechazo ante esos crímenes y procesos tiránicos, que para él se constituyeron en “los actos más horrorosos de un frenesí sanguinario” que “parecen superiores a la perversidad humana y jamás serían creídas por los críticos modernos”, pero que habían sido testificadas por ese filántropo obispo de Chiapas, en su breve relación.

Ante tales terribles genocidios/feminicidios, a fin de preservar la vida de todas y todos los seres vivientes y de la totalidad de los pueblos originarios, tempranamente respondieron con las ya mencionadas luchas y resistencias, protagonizadas por ejemplo, por: la taína Anakaona (1474-1503), el guaiquerí Charaima (1492), el  taíno Hatuey de Baracoa (1512), el dorasque Urracá Maniá Tugrí del Natá y el añú/wayuu Arichuna (1520), los cumanagotos Paramaiboa e Higuerote (1523), el lenca Lempira (1531), el scyri Rumiñahui y la palenque Oroconay (1535), la yalcón Guaitipán “La Gaitana” de Timaná Huila. Continuadas por las y los teques Guaicaipuro, Uquira/Urkia, Baruta, Araguaire, Conopoima, Guaicamacuto, Naiguatá, Paramacay, Querequemare, Sorocaima, Urimare, Catia Catimayagua (1560-1568), y llegando al inca José Gabriel Condorcanqui -Tupak Amaru II- (1780), las y los aymara-quishwa Bartolina Sisa y Julián Apaza -Tupaj Katari-, Gregoria Apaza, Manuela Tito Condori y Ana Tomasa Tito Condemayta (1781), los charrúas Polidoro, El Adivino, Vaimaca Perú, Cenaqué, Tacuabé, Guyunusa y Cordua (1831), y los shiris puruhuaes Fernando Daquilema y Manuela León del Cacha (1872).

Es decir, que al menos fueron más de 400 años de combates y luchas hasta la independencias políticas estatales-nacionales, las cuales fueron entrañablemente articuladas con los pueblos africanos y afrodescendientes en los Cumbes, Cimarroneras, Palenques, Quilombos, Free Villages y Maroons, y luego han proseguido como resistencias e insurgencias hasta el día de hoy.

Estas resistencias lo han sido por la defensa plena de las comunidades de vida, ya que la mayoría de los pueblos originarios sienten a la Tierra como madre (llamándoles algunos como ‘Pachamama’), y al territorio lo asumen espiritualmente como un conjunto de parientes, por lo que no conciben que se la pueda poseer ni apropiar, y mucho menos aún, violentar o violar. Esto ha conllevado una defensa de los territorios -tanto cercanos como lejanos- en ‘sintonía’ con los ciclos terrestres y cósmicos -lunares, solares, estelares y siderales-, lo que ha hecho que tales pueblos hayan rotado y se hayan desplazado durante siglos y milenios en todo el territorio continental e insular. De ahí que la migración de los pueblos originarios antecede a las posteriores fronteras estatales, en la misma medida que su existencia territorial antecede a la de cualquier Estado y a la presencia de cualquier institución o empresa europea y anglosajona.

No solo por su antigüedad, sino por el aprendizaje colectivo milenario de sus relaciones espirituales en estas comunidades de vida territoriales, los pueblos originarios respetan a la Madre Tierra (Pachamama), la conocen, cuidan y también aman, teniendo vínculos con los espíritus que custodian y salvaguardan los elementos y los territorios (por ejemplo, los Tucutucus, Encantos, Duendes y Momoyes).

Por eso consideran que la vida allí es valiosa e importante (entonces, en términos greco-latinos y judeocristianos sería “sagrada”), porque la Tierra y sus territorios cobijan mundos espirituales con entidades espirituales, y su contemplación sentida acerca de ello se expresa en diferentes sabidurías, las cuales han mantenido de generación en generación desde la oralidad, diversas textualidades (tejidas y textiles), así como con prácticas estéticas y éticas (y bioéticas): éstas últimas a su vez se plasman en leyes cósmicas/telúricas que muchos pueblos denominan “ley antigua”, “palabra verdadera/ley verdadera”, y más recientemente, “derecho propio”. Tales leyes y derechos comprenden áreas que hoy son estudiadas desde el pluralismo epistemológico.

Con ese sentido ‘plural’, lo que en el campo de la diversidad “interlegal” o pluralismo jurídico podría nombrarse como “derecho alternativo” -según Víctor Manuel Moncayo- tiene como una de las vertientes que le ha dado origen, al diálogo intercultural y transmoderno entre el derecho propio originario y el uso alternativo del derecho (de tradición occidentalista/moderna dominante): éste último primero fue impuesto por la colonización europea (y su Colonomanías) para posteriormente ser instituido por la Neocolonización (con sus diversos Coloniajes y Colonialidades).

Luego de sobrevivir por más de cinco siglos a los ya mencionados genocidios y feminicidios, los pueblos indígenas originarios han sufrido -como si se tratasen de “capas superpuestas”- una incontable sucesión de violencias, explotaciones, opresiones, despojos, usurpaciones, minusvaloraciones, desprecios, estereotipaciones, criminalizaciones, “demonizaciones”, estigmatizaciones, deshumanizaciones, manipulaciones e invisibilizaciones. Sin embargo, a pesar de tales horrores y desgracias, han sobrevivido y siguen existiendo -en territorios propios, o desplazados-.

Lo han logrado mediante el cimarronaje, el cual ha sido una de sus maneras de resistir, y en ese proceso han confluido los pueblos de nuestro continente Abya Yala (en idioma de los pueblos Cuna panameños) y de África, siendo un cimarronaje que combinó la autonomía cimarrona -dentro de los Cumbes, cimarroneras y similares- con el cimarronaje “dentro del sistema” esclavista (donde mujeres y hombres aprendieron el idioma, las reglas, leyes y prácticas del sistema opresor para -contrariamente- usarlos para la liberación tanto personal como popular). Desde tal autonomía, fortalecida ancestral y culturalmente, los pueblos originarios fueron considerando desde un criterio colectivo propio la adopción, adaptación y apropiación de la cultura foránea (una ‘apropiación’ visibilizada en el año 1988 por el antropólogo mexicano Guillermo Bonfil Batalla al “pensar nuestra cultura”).

De allí que han venido impulsando un derecho alternativo que, tomando como fundamento y base sus culturas y ‘civilizaciones’ milenarias, se ha venido apropiando de las normas y leyes occidentalistas, a fin de que sus vivencias y saberes acerca de la armonía, gratitud, respeto e integridad comunitarias puedan llegar a colocarse en dialogo intercultural crítico con que en Europa y el mundo moderno han dado en llamar “Derecho”. Pero ello no ha sido un camino fácil.

Y es que, así como desde Puerto Rico el médico abolicionista Ramón Emeterio Betances (1852) y desde Haití el filósofo Joseph Anténor Firmin (1885) tuvieron que crear reflexión propia tanto para deslegitimar el racismo estructural de Joseph Arthur (Conde de Gobineau), como para reivindicar la gesta revolucionaria y libertaria haitiana. Del mismo modo que el líder indígena iroqués Levi General Deskaheh tuvo que buscar integrar jurídicamente a todo ser viviente dentro de la Autodeterminación de los pueblos Iroqueses (Haudenosaunee) ante el gobierno de Canadá en la Liga de Naciones, para el periodo 1922-1931.

El espíritu de justicia de Deskaheh coincide plenamente con el de sus vecinos indígenas, expresados tanto en las palabras del líder Sealth/Seattle en 1853 (“El hombre no ha tejido la red que es la vida, solo es un hilo más de la trama. Lo que hace con la trama se lo está haciendo a sí mismo”), como en las de la lideresa hawaiiana Haunani-kay Trask en 1986 (“Aloha Haina… Amor a la Tierra, es nuestra relación filosófica, cultural y económica con la Tierra: se puede vivir en armonía con las propias relaciones, ya sean animales, plantas, o las aguas del mundo.  Por eso nosotros tenemos que dar algo al resto del Mundo… Nosotros tenemos una forma de vida alternativa”). Asimismo, sintoniza con lo que en el mes de septiembre del año 2009 planteó el entonces presidente de la República Plurinacional de Bolivia, Evo Morales Ayma, al proponer declarar Derechos para la Madre Tierra, los cuales debían tener precedencia a la protección de los derechos humanos.

En las discusiones pan-indígenas tales expresiones surgen a causa de procesos cósmicos que los pueblos ancestrales pueden percibir, como los que en el mundo originario andino llaman el ciclo del “Pachakuteq” (Pachakuti), donde espiritual y míticamente se han venido enlazando continentalmente el ave del Norte (el águila) con la del centro (el quetzal) y con la del sur (el cóndor). Ejemplo de tales entrelazamientos y ‘junturas’ ocurrieron con las Campañas “500 años de Resistencia Indígena, Negra y Popular” iniciadas tras el primer Encuentro Latinoamericano de Organizaciones indígeno-campesinas celebrado en Bogotá (Colombia) entre el 5 al 12 de octubre de 1989, continuadas luego en Xelajú (Guatemala ) para 1991 -que colocó una mesa de “Derechos Humanos y Derechos Indios”-, y posteriormente, en Managua (Nicaragua) para el año 1992 -donde hubo una mesa de “Derechos jurídicos, culturales, religiosos, sociales y políticos”).

Tales encuentros elaboraron colectivamente ‘Declaraciones’ continentales, y permitieron juntar a los pueblos y territorios de Amaliwaka, Manaure y María Lionza, con los de Bartolina, Micaela, Tupaq Katari, Tupaq Amarú y David Choquehuanca Céspedes (en Bolivia); los de Lempira y Berta Cáceres (en Honduras); los de Rigoberta Mechu Tum (en Guatemala); los de Manuel Quintín Lame y Aida Quilcue (en Colombia); los de Capoulican y Milagros Sala (en Argentina); los Painé, Cipriano Catriel y Melitona (de Argentina), así como muchos más pueblos históricamente segregados, maltratados y violentados.

Tales luchas y resistencias ganaron visibilidad tanto con el levantamiento de la CONAIE de 1990, como la anti-neoliberal insurgencia Zapatista de 1994. Históricamente tales levantamientos y pronunciamientos contaron además con el apoyo de aliadas y aliados de las mismas (como las diferentes “Declaraciones de Barbados” de los años 1971, 1977 y 1993, provenientes desde la militancia cultural y socioantropológica crítica).

Han sido procesos de confrontación ancestral y popular de los diversos despojos, racismos y patriarcalismos occidentales (sistémicos, estructurales e institucionales) a nivel mundial, internacional, continental y nacional. El ‘panindianismo’ puede así comprenderse geopolíticamente, ya que la lucha ancestral del Zapatismo por liberar los territorios originarios de las garras depredadoras y saqueadoras foráneas y locales -estipuladas en planes neoliberales como el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN)-, y en la que se apropiaron de las tecnologías modernas para darse a conocer, coinciden históricamente con las luchas territoriales que han sido parte fundante de la agenda del Consejo Indio de Venezuela (CONIVE) en los años 80, las que se vieron expresadas en la exigencia indígena de Autodemarcación colectiva de tierras.

Tal demanda fue articulada entre diversos pueblos indígenas venezolanos, quienes, tras una lucha espiritual, política y legal en la Asamblea Constituyente del año 1999, lograron plasmarla legalmente en la naciente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y reforzarla con la obligante Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI), entre muchas otras más. Una legislación que, por lo tanto, proviene de antiguas luchas históricas como la llevada a cabo por las y los caciques indígenas en todo el país -por ejemplo, las del líder/martir yuk’pa zuliano Sabino Romero Izarra-.

Estas resistencias e insurgencias enfrentan intereses imperialistas que atraviesan al continente y al mundo -tal como es el caso del dominio sionista israelí/anglosajón-, por lo que tales luchadoras y luchadores encuentran problemas comunes, causas comunes y soluciones comunes, a tal punto que algunos líderes yuk’pa -en su idioma: yuwatpu, kijka watupu, atansha y atippa- se vieron “reflejados” en los genocidios y despojo territorial contra el pueblo Palestino y Libanés. Algo que cobra actualidad con los proyectos de despojo anglosionista del territorio ancestral de los pueblos Onás, Diaguitas, Patagones y Mapuches.

Todo el escenario hasta ahora expuesto permite comprender que, en un enfrentamiento de los pueblos originarios de todos los continentes contra las fuerzas capitalistas dominantes y sus diferentes aliados imperialistas (sean corporativos, religiosos, civiles, e incluso, “no gubernamentales”-pero dependientes/crematísticos), los diferentes pueblos originarios, indios e indígenas procurasen también aplicar el uso alternativo del derecho occidental para desde allí defender su propia existencia y perduración en el tiempo. Para ello contaron con la articulación panindígena y panindia mundial, junto con el apoyo de aliadas y aliados históricos: ello conllevó a articular y conseguir después de varias décadas la aprobación de la Declaración Internacional de Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el mes de septiembre de 2007.

Algunas y algunos participantes de este proceso han realizado una sistematización del proceso de conquista de esta Declaración. Entre las diversas normativas internacionales existentes, ésta representa el instrumento normativo internacional más completo y avanzado sobre tales derechos de los pueblos indígenas -como parte integrante del cuerpo de legislación mundial para el reconocimiento, protección y promoción de los Derechos Humanos-, además de haber sido elaborado con la participación activa de los pueblos indígenas -como titulares colectivos de esos derechos- en el diseño de dicho instrumento y en las negociaciones para su promulgación (esto es, con el protagonismo de sus dirigentes en la ONU, sumado a representantes de los Estados y del movimiento popular -“sociedad civil” según la nomenclatura empleada en dicha instancia internacional).

Los pueblos indígenas apostaron a la superación tanto una restringida visión “estatista” e “individualista” de los derechos, como la de una perspectiva “pasiva” de la ONU que consideraba que los derechos indígenas ya estaban garantizados después de las luchas anticolonialistas y postcoloniales de liberación nacional, y que obviaba la existencia colectiva tanto de las “minorías” como de pueblos “indígenas y tribales” en varios países independientes -en aquel momento, tales pueblos sólo contaban internacionalmente con el Convenio 107 de Organización Internacional del Trabajo (OIT) del año 1957 y con el posterior Convenio 169 de la misma instancia-.

En la ONU, desde los años 50 participaron inicialmente juristas de Guatemala y Ecuador en el campo de los Derechos Humanos (Augusto Willemsen Díaz y José R. Martínez Cobo) desde Subcomisión de sobre la Prevención de la Discriminación y la Protección de las Minorías, a fin de lograr establecer luego un Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas (GT-PI) en Ginebra (Suiza). Luego se incorporó allí gente de Noruega (Asbjørn Eide, John Henriksen) y de Grecia (Erica-Irene Daes), logrando ampliar desde el año 1982 la participación en dicho Grupo de Trabajo. Desde allí sale el borrador de “Declaración” que es presentado en el año 1993 a la Comisión de Derechos Humanos, asumido como texto dos años después por el Grupo de Trabajo sobre el Proyecto de Declaración (GTPD), siendo el momento de despliegue de las negociaciones de los pueblos indígenas con los Estados, de los Estados entre sí, y entre pueblos indígenas mismos -en el Caucus (cónclave) indígena, donde por Venezuela participaron delegadas y delegados del CONIVE-.

Ya terminado el borrador, se lo envió a la Asamblea General de la ONU. Sin embargo, allí inicialmente encontró oposición de algunos Estados africanos; más el día 13 de septiembre de 2007 la Asamblea General adoptó la última versión del texto de dicha Declaración, con los siguientes votos: 143 a favor, 4 en contra (Canadá, Australia, Nueva Zelanda y Estados Unidos), y 11 abstenciones.

Entonces puede verse que desde 1982 al 2007 hubo un largo y sostenido periodo donde la perseverancia y unión de los pueblos indígenas culminó con esta Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la cual abarca derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales: además, reconoce los derechos de los pueblos indígenas como derechos inherentes, e incorpora a los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas, sumado a que establece obligaciones para todos los Estados firmantes de esta Declaración (y que la han ratificado), así como para las organizaciones internacionales y a los organismos intergubernamentales.

Al recordar esta conmemoración, es importante resguardar la memoria larga -milenaria- de los pueblos como también retomar esta historia contemporánea, con una visión crítica de los Derechos Humanos, la cual historiza estos procesos y los libera del dogma jurídico positivista que estipula interpretar este campo jurídico solo desde “las leyes”, y no desde las culturas y protagonistas que las elaboran, se sensibilizan de la justeza de las mismas, y desde su importancia fomenta la concientización y organización para la divulgación, defensa y mejora -en un marco crítico e intercultural- de estas normativas. Dicha Declaración permitió seguir avanzando en la elaboración colectiva popular de propuestas de declaración y de normas similares (como la ‘Declaración de Cochabamba’ propuesta por Bolivia para los Derechos de la Madre Tierra) que reconocen la dignidad de todas y todos los seres, del Planeta Tierra mismo, y de la Humanidad que lo habita. A manera de reflexión final, la elaboración popular y colectiva de estas declaraciones, leyes y normativas es una invitación y exhortación a la consciencia, organización, articulación y movilización entre pueblos y habitantes originarios en todos los continentes -se asuman como indígenas amerindios, africanos, asiáticos y europeos (o descendientes de los mismos)-, encontrándonos en la construcción de éstas bases éticas y bioéticas planetarias como parte de las diversas ‘causas comunes de la Humanidad’ -según el guayanés Saúl Rivas Rivas (2024)-. De allí que conmemorar la validez de esta Declaración -como también los contextos y los procesos que la gestaron- convoca aquel dicho de que “recordar es vivir”, que puede ser complementado con otro que reza: “hoy para vivir, hay que recordar”, y principalmente acá, rememorar a las historias insurgentes de luchas y resistencias de nuestros pueblos.

Autor: Héctor Gutiérrez García

Fuente: RedH

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