Justicia uruguaya ratifica condenas por crímenes de la dictadura

El tribunal de apelaciones de Uruguay ratificó las condenas contra nueve exmilitares por crímenes de lesa humanidad perpetrados entre 1980 y 1984 en el departamento de Río Negro.

fachada scj

Autoridades judiciales aprobaron penas de prisión de hasta 15 años para nueve exmilitares por torturas y el homicidio del médico Vladimir Roslik en la localidad de San Javier. Foto:


8 de agosto de 2026 Hora: 10:10

    🔗 Comparte este artículo

  • PDF

La justicia uruguaya ratificó las condenas contra nueve exmilitares por detenciones ilegales, torturas y el homicidio del médico Vladimir Roslik en el departamento de Río Negro. El tribunal de apelaciones desestimó por unanimidad los recursos de la defensa sobre la supuesta prescripción de los delitos de lesa humanidad. 

Los magistrados confirmaron penas de entre 11 y 15 años y medio de prisión para los antiguos miembros de las Fuerzas Armadas Jorge Ricardo Soloviy, Rodolfo Gustavo Costas, Luis Pedro Estebenet, Daniel Edgardo Castellá, Óscar Mario Rocca, Sergio Héctor Caubarrere, Eduardo Saiz Pedrini, Dardo Ivo Morales y Abel Pérez. 

Estas condenas las emitió en primera instancia el juez de Fray Bentos, Claudio de León, en diciembre de 2025. El fallo actual convalida de forma plena las actuaciones de la primera instancia judicial.

El proceso judicial detalla la represión militar ejecutada entre 1980 y 1984 contra veinte habitantes de la localidad de San Javier. Este asentamiento agrícola, fundado en 1913 por inmigrantes rusos, enfrentó el hostigamiento de la dictadura cívico-militar bajo acusaciones de supuestas afinidades comunistas.

LEA TAMBIÉN

30 años en Marcha del Silencio: uruguayos exigen justicia por desaparecidos de la dictadura

Las fuerzas represivas clausuraron centros culturales como el Máximo Gorki, censuraron el idioma local y ordenaron arrestos arbitrarios masivos. Estas acciones buscaron desmantelar la identidad de la comunidad mediante el terror sistemático del Estado.

El hostigamiento militar provocó un profundo impacto social y cultural en este municipio rural, convirtiéndolo en un objetivo prioritario de las operaciones de inteligencia del régimen de facto.

La mayor violencia del régimen ocurrió en el Batallón de Infantería Número 9 de Fray Bentos. Allí, los oficiales de las fuerzas represivas torturaron hasta causar la muerte al doctor Vladimir Roslik en el año 1984. El médico, graduado en la Universidad Patrice Lumumba de Moscú, constituyó el último caso de fallecimiento por tortura antes del fin de la dictadura uruguaya en 1985.

La sentencia ratifica la coautoría penal de los exmilitares en los cargos de privación de libertad, violencia física y abuso de autoridad contra los detenidos. Las víctimas sobrevivientes aportaron testimonios claves sobre las condiciones extremas de reclusión que padecieron en dicho centro de detención militar. El caso Roslik permanece como un símbolo de la resistencia pacífica de la población civil frente al autoritarismo.

El dictamen consagra la preeminencia de los convenios internacionales sobre derechos humanos para la memoria histórica regional. La resolución sostiene que la obligación del Estado de perseguir penalmente la tortura prevalece sobre las leyes de caducidad o de prescripción penal internas.

Con esta decisión, la justicia invalida los intentos de impunidad y ampara los derechos fundamentales de las víctimas de la represión militar.

El fallo representa un paso definitivo para la reparación de los sobrevivientes, quienes batallaron durante décadas por obtener justicia en los tribunales del país. Aunque la defensa de los sentenciados aún puede interponer un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, esta ratificación consolida un precedente ineludible en el Cono Sur.

Autor: teleSUR-er - RP

Fuente: Agencias