Congreso de Perú aprueba ley que blinda a militares y policías
La medida establece que los casos de asesinato, tortura, desaparición forzada o violación sexual solo serán considerados de lesa humanidad si se demuestra que fueron cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil.
Congreso de Perú aprueba proyectos imoulsados por el fujimorismo. Foto: EFE
24 de junio de 2026 Hora: 04:26
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El Congreso de Perú aprobó este martes en segunda votación, con 52 votos a favor, 43 en contra y cinco abstenciones, la reforma que modifica el Código Penal Militar Policial junto al Nuevo Código Procesal Penal para excluir de la jurisdicción ordinaria a los efectivos de la fuerza pública que cometan delitos en el ejercicio de sus funciones.
Esta norma fue avalada en medio del conteo electoral que definirá al próximo presidente de Perú, disputado por la candidata derechista Keiko Fujimori y el representante de la izquierda Roberto Sánchez, desoyendo las recomendaciones explícitas del alto comisionado de la Organización de las Naciones Unidas para los derechos humanos, Volker Türk, quien había advertido firmemente que las violaciones de las prerrogativas fundamentales deben ser juzgadas por tribunales civiles independientes.
La reforma, que fue promovida por la bancada del fujimorismo en representación de cientos de uniformados procesados por graves abusos perpetrados durante el régimen de Alberto Fujimori o en el contexto de las protestas populares de 2022 y 2023, obliga constitucionalmente a los magistrados de la justicia común a archivar de forma inmediata aquellas causas que ya estén bajo examen castrense por conductas cometidas por acción u omisión en estados de emergencia.
La resolución impide que se dicten sentencias firmes en el fuero ordinario y consagrando un mecanismo de asimilación penal que la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) calificó a traves de sus redes sociales como «preocupante», al denunciar que en las décadas de 1980 y 1990 la justicia militar fue utilizada de forma sistemática como un escudo para archivar casos de torturas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones.
En estrecha complementariedad con este blindaje judicial, el parlamento peruano también aprobó otra iniciativa que incorpora los delitos de lesa humanidad en el Código Penal para precisar que los casos de asesinato, tortura, desaparición forzada o violación sexual solo serán considerados de lesa humanidad si se demuestra que fueron cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil.
De no cumplirse estos elementos los hechos serán procesados como delitos comunes conforme a la legislación penal vigente y ordenando la retroactividad de la ley para juicios en trámite, procesos en revisión, nulidad o cualquier otra garantía constitucional que date de hechos ocurridos antes del año 2002, fecha en que entró en vigencia el Estatuto de Roma en Perú.
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Pese a que la norma establece penas que van desde los 20 hasta los 30 años de prisión e inhabilitación por colaboración con bandas criminales o grupos armados ilegales aprovechando el cargo, e incluso la pena de cadena perpetua si dicha cooperación deriva en la muerte de una persona, el Bloque Democrático a través de las parlamentarias Ruth Luque, Sigrid Bazán, Reymundo Mercado y la legisladora no agrupada Flor Pablo intentó frenar el dictamen mediante un recurso de reconsideración que resultó rechazado frente a la defensa corporativa de los parlamentarios derechistas José Cueto, de Renovación Popular, y César Revilla, de Fuerza Popular.
La legisladora Luque denunciaba que la iniciativa «distorsiona los delitos de función» para blindar a militares y policías de la justicia ordinaria.
La diputada electa de Ahora Nación, Indira Huilca, la catalogaba como una «nueva ley de impunidad policial» responsabilizando políticamente a Keiko Fujimori de un texto que considera inconstitucional, antes de que el documento sea finalmente remitido a la Presidencia de la República donde el mandatario José María Balcázar tendrá un plazo de 15 días para su promulgación definitiva o su observación tras el pronunciamiento y las objeciones previas de su propio Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh).
Según los últimos datos difundidos por la ONPE. Los resultados parciales son los siguientes: La candidata derechista Keiko Fujimori se mantiene ligeramente por delante del representante de la izquierda Roberto Sánchez al conseguir el 50.115 % de los sufragios frente al 49.885 % que capitaliza su rival; y el 99.798 % de actas contabilizadas.
Autor: teleSUR - mb - JGN
Fuente: Agencias




