Lawfare en Argentina: Cristina Fernández no podrá ejercer su derecho al voto
La exmandataria fue condenada por la causa Vialidad, como parte del proceso de judicialización para proscribirla políticamente.
La CNE resolvió revocar el fallo de la jueza federal que permitía el voto a la expresidenta argentina. Foto: teleSUR
15 de septiembre de 2025 Hora: 22:41
La Cámara Nacional Electoral (CNE) de Argentina revocó este martes la decisión judicial que permitía a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner ejercer su derecho al voto, un escalón más en la guerra judicial en su contra, que derivó en una condena a seis años de prisión en la causa Vialidad.
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La resolución fue tomada de forma unánime por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas, anulándose así la decisión de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien el pasado 18 de julio, había decidido mantener a la exmandataria en el padrón electoral.
La magistrada había declarado inconstitucionales una serie de artículos del Código Penal y del Código Nacional Electoral, que establecen la inhabilitación absoluta y la exclusión del padrón electoral a quienes hayan sido condenados con sentencia firme por delitos dolosos a una pena privativa de la libertad.
La decisión del CNE basó su fallo en el caso «Procuración Penitenciaria», donde el Tribunal Superior había declarado la inconstitucionalidad de las normas, pero había requerido al Congreso «revisar la reglamentación vigente sobre el derecho de sufragio de las personas con condena penal», alertando sobre la imposición de «restricciones genéricas y de carácter automático».
Sin embargo, hasta el momento el Congreso no ha reglamentado el ejercicio del voto por parte de personas condenadas.
De acuerdo con la plataforma Tiempo argentino, «la Cámara recordó el precedente Orazi de la Corte Suprema, que analizó el reclamo de un afectado que consideraba que diferir su derecho a votar hasta una reglamentación del Poder Legislativo era violatorio de la ‘garantía de tutela judicial efectiva».
La Corte, en aquel entonces, dejó en claro que no se podía habilitar de oficio y de forma genérica, sino que debían cumplirse ciertas “condiciones mínimas” y según la CNE, la decisión de la jueza Borruto fue revocada porque no se cumplieron dichas condiciones.
Entre esas condiciones destaca que la cuestión debía tratarse en un «caso concreto, instado por petición del interesado o del Ministerio Público». El fallo original fue dictado de oficio, sin que Cristina Fernández Kirchner o el Ministerio Público lo solicitaran.
Asimismo debía verificarse que la posibilidad de votar fuera «jurídica y fácticamente viable» y «de acuerdo al tipo y la naturaleza del delito que motiva la inhabilitación».
A partir de la condena firme contra la expresidenta en el caso «Vialidad», el fiscal electoral Ramiro González pidió excluir del padrón a la expresidenta, que está empadronada en la provincia de Santa Cruz.
Autor: teleSUR: lvm - JB
Fuente: Página 12- Tiempo argentino