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El mandatario anunció que la frontera será reforzada con 2.120 nuevos soldados y policías.

El mandatario anunció que la frontera será reforzada con 2.120 nuevos soldados y policías. | Foto: EFE

Publicado 8 febrero 2018



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Desde Cúcuta, el presidente colombiano anunció que no entregará más tarjetas de movilidad fronteriza a los venezolanos.

El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, anunció este jueves que no expedirán más tarjetas de movilidad fronteriza (TMF) a los venezolanos.

"Vamos a poner más controles migratorios y que esos controles sean más estrictos, que la entrada de venezolanos tenga unas características, que sea controlada, que sea ordenada y algo muy importante, que se haga dentro de la legalidad", señaló Santos.

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El jefe de Estado colombiano explicó que solo podrán entrar a Colombia aquellos venezolanos que tengan pasaporte o que hayan tramitado su TMF antes del 8 de febrero.

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El mandatario explicó que diariamente llegan miles venezolanos a zonas como Arauca, La Guajira y Norte de Santander, en Colombia, razón por la cual, tras reunirse con las autoridades locales, decidió tomar medidas. 

Las medidas migratorias

Las medidas anunciadas por Santos llevará a que se realice un censo de los venezolanos en Colombia, los cuales deberán acudir a Personerías y Defensorías de todo el país, tendrán 2 meses de plazo y el proceso será gratis.

Cualquier persona venezolana que se encuentre delinquiendo se le impondrá sanciones penales y migratorias correspondientes.

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A futuro si un venezolano desea permanecer regularmente a Colombia deberá  ingresar al país por un paso regular, su pasaporte será sellado y con este podrá permanecer hasta 90 días, prorrogables, otros 90 días más; con un máximo de 180 días anuales.

Las Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF) sera habilitada  para aquellos venezolanos que requieran transitar en los municipios adyacentes a las áreas de frontera por un período máximo de 7 días. Esta tarjeta no permite trabajar.

Los venezolanos necesitaran un Permiso Especial de Permanencia (PEP) para permanecer durante un periodo de 2 años y ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país.

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