Le ley de identidad de género en Chile que permite a las personas el cambio de nombre y de sexo en los documentos y en los registros del país a partir de los 14 años, fue promulgada este miércoles por el presidente Sebastián Piñera.
Para llegar a este momento debieron pasar más de cinco años de discusión en el Congreso, debido a discrepancias sobre todo en la inclusión de los menores de edad o el cambio de sexo registral, iniciativa que no fue aceptada.
Promulgamos #LeyDeIdentidadDeGénero pq creemos firmemente en q todos nacemos iguales en dignidad, derechos y deberes y merecemos ser arquitectos de nuestras vidas y vivirlas con libertad. Así avanzamos hacia una sociedad + humana, cariñosa y q valore y respete mejor la diversidad pic.twitter.com/aw8sHsr8W6
— Sebastian Piñera (@sebastianpinera) 28 de noviembre de 2018
La Ley de Identidad de Género recibió el visto bueno del Senado y de la Cámara de Diputados en septiembre y solo aguardaba la aprobación del mandatario nacional para su puesta en marcha.
En su primer artículo señala que "se entenderá por identidad de género la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma".
Además, agrega que "consiste en la facultad de toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral, y de solicitar la rectificación de éstos".
A partir del logro en Chile, ABRIMOS HILO:
— Más Igualdad Perú (@masigualdadpe) 28 de noviembre de 2018
En Chile ����se acaba de promulgar la Ley de Identidad de Género ����, que significa el acceso a un derecho básico.����
Foto: Sin Etiquetas y Esteban Marchand pic.twitter.com/YuOfuKU6y4
De acuerdo con el documento, la identidad de género puede o no estar ligada a la modificación de la apariencia de las personas a través de tratamientos médicos.
- No patologización: Las personas que accedan al cambio de sexo no pueden ser tratadas como enfermas.
- No discriminación: Reconocen sus derechos a la dignidad de trato.
- Confidencialidad: Tiene derecho a que se resguarden sus antecedentes.
- Las personas mayores de 18 años podrán cambiar de sexo y el nombre en el registro civil en caso de ser solteros. Si se trata de una persona casada deberá recurrir a un tribunal de familia.
- Las personas de entre 14 y 17 años tendrán que recurrir a un tribunal familiar. El trámite deberá realizarlo en compañía de uno de sus representantes legales o tutores. En caso de no contar con representante o tutor deberá recurrir a un juez que evalúe su solicitud.
- Los menores de 14 años de edad no tendrán acceso a esta alternativa.
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