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La Agencia Judía con sede en Israel emitió en 2016 un dictamen donde reconocía a los Abayudaya como judíos.

La Agencia Judía con sede en Israel emitió en 2016 un dictamen donde reconocía a los Abayudaya como judíos. | Foto: The Times of Israel

Publicado 25 enero 2021



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Le corresponde al Tribunal Supremo de Justicia de Israel decidir si acepta o no la decisión del Ministerio.

El Ministerio del Interior de Israel notificó este lunes al Tribunal Supremo de Justicia que los miembros de la comunidad judía Abayudaya, radicada en Uganda no aplican para obtener la ciudadanía israelí mediante la Ley del Retorno. 

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La decisión se conoció tras revelarse que el Estado israelí negó una petición de inmigrar presentada en el Tribunal Supremo de Justicia por un miembro de la mencionada comunidad; lo cual revierte un dictamen de la Agencia Judía emitido en 2016, donde sí reconocía a los Abayudaya como judíos. 

En tal sentido, el director de la Asamblea Rabínica del Movimiento Conservador en Israel, el rabino Andy Sacks, opinó: "la idea de que el ministro del Interior de Israel debería tener el poder de rechazar la legitimidad de las comunidades judías de la diáspora apoyadas por las principales denominaciones es tan insultante como contraria a los criterios escritos de su propio Ministerio". 

Desde que la Agencia Judía reconoció a los Abayudaya como una comunidad judía ha intentado convencer al Ministerio del Interior para que acepte la determinación. No obstante, la institución ha variado su opinión del tema y en correspondencia ha desarrollado las acciones con respecto al tema. 

Le corresponde al Tribunal Supremo de Justicia de Israel decidir si acepta o no la decisión del Ministerio. Analistas internacionales prevén que un fallo a favor de la institución estatal podría tener serias repercusiones para las “comunidades judías emergentes” de todo el mundo.  

La Ley de Retorno permite a cualquier judío o persona con ascendientes judíos establecerse en Israel y convertirse en ciudadano. En el caso de los Abayudaya, el argumento esgrimido para no concederles este derecho es que son una comunidad conversa al judaísmo y no emigrantes o descendientes de emigrantes israelitas. La conversión del grupo africano sucedió en 1919.


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