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Para integrar la Convención, pueden postularse todos los chilenos que sean mayores de 18 años.

Para integrar la Convención, pueden postularse todos los chilenos que sean mayores de 18 años. | Foto: EFE

Publicado 26 octubre 2020



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Los miembros de la Convención Constitucional serán elegidos en votación popular en elecciones de diputados.

Este domingo 28 de octubre, más de un 78 por ciento de los votantes en Chile, en una votación histórica, aprobaron dejar atrás la Constitución de la dictadura de Augusto Pinochet. Ahora, corresponde el desafío político de elegir convencionales para la posterior redacción de la nueva Carta Magna.

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Con la opción del “Apruebo” quedó establecido también que quienes llevarán adelante el empeño de redactar el nuevo texto serán miembros de la sociedad civil, mitad hombres y mitad mujeres. Con ello, Chile redactará una Constitución en paridad, considerado un triunfo del movimiento feminista nacional.

Dicha Convención deberá, en un plazo de nueve meses a un año, redactar el nuevo cuerpo legal y aprobarlo por una mayoría de dos tercios.

Pero, ¿cómo se elegirá a los redactores de la Constitución chilena? ¿Con cuánta libertad contarán estos convencionales? Son algunas de las interrogantes que nos proponemos responder.

¿Qué pueden o no hacer los redactores constitucionales?

De acuerdo con el decano de Derecho de la Universidad de Chile, Pablo Ruiz-Tagle, la Constitución vigente establece en su artículo 135 limitaciones al contenido de lo que puede hacer la Convención Constitucional.

En este sentido, asegura que dicha Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en la Constitución o en las leyes. Además, respetará la Carta Magna vigente.

En tanto, explica que mientras la Convención esté activa, la soberanía residirá esencialmente en la nación.

Sobre las prohibiciones, refiere que ninguno de sus integrantes o a una fracción de ellos, pueden atribuirse el ejercicio de la soberanía, o asumir otras atribuciones que las que expresamente le reconoce la Constitución vigente.

Mientras, el nuevo texto constitucional que se someta a plebiscito respetará el “carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

¿Quiénes redactarán la Carta Magna?

Para la misión de elaborar la nueva Carta Magna chilena se eligió en el reciente plebiscito una Convención Constitucional compuesta en un 100 por ciento por ciudadanos elegidos para esa labor.

Según refiere el artículo 130 de la Constitución actual, "el Presidente de la República deberá convocar, mediante decreto supremo exento, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación a que alude el inciso anterior, a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según corresponda”.

Los 155 miembros que integrarán esta Convención, serán elegidos en votación popular según el distrito electoral, establecidos en las elecciones de diputados con el mismo número de elegidos por territorio.

Para integrar la Convención, pueden postularse todos los chilenos que sean mayores de 18 años, así como aquellos nacidos en el extranjero hijos de padre o madre chilenos y los nacionalizados por gracia, con más de un año de avecindados.

 

De acuerdo con la actual Constitución, ministros de Estado, intendentes, gobernadores, alcaldes, consejeros regionales, concejales, subsecretarios, secretarios regionales ministeriales, miembros del Consejo del Banco Central, miembros del Consejo del Servicio Electoral, miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, entre otros cargos públicos, “cesarán en sus cargos por el solo ministerio de la Constitución, desde el momento en que sus candidaturas sean inscritas en el Registro Especial”.


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