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El Defensor del Pueblo venezolano destacó que la labor de este organismo tiene como fin garantizar la justicia a las víctimas de violaciones de derechos humanos sin menoscabar las funciones de otras instituciones.

El Defensor del Pueblo venezolano destacó que la labor de este organismo tiene como fin garantizar la justicia a las víctimas de violaciones de derechos humanos sin menoscabar las funciones de otras instituciones. | Foto: AVN

Publicado 28 junio 2017



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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ratificó este miércoles las competencias de la Defensoría del Pueblo para iniciar una investigación sobre violación de derechos humanos. 

La Defensoría del Pueblo de Venezuela está facultada para iniciar una investigación sobre alguna violación de derechos humanos, según ratificó este jueves el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). 

La disposición del TSJ destaca que esta investigación es competente cuando "derive la comisión de un hecho punible, sin que ello menoscabe el marco de actuación del Ministerio Público".

La Defensoría "puede tener acceso a todos los actos de investigación que cursen ante el Ministerio Público, ante los tribunales en jurisdicción penal ordinaria y penal militar, los órganos auxiliares de justicia y los centros policiales y penitenciarios y, de manera autónoma, en aquellos casos de violación de derechos humanos, aunque no le sea delegado por parte de la persona ofendida, a tenor de lo establecido en el artículo 124 del Código Orgánico Procesal Penal, incluyendo los casos de asistencia especial a que se refiere dicho artículo". 

Al respecto, el defensor del Pueblo venezolano, Tarek William Saab, ofreció una rueda de prensa en la que evocó el artículo 281 de la Constitución de ese país que enumera las funciones de la institución. 

"Velar por el efectivo respeto y garantía de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados, convenios y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por la República investigando de oficio o a instancia de parte las denuncias que lleguen a su conocimiento", dice la norma. 

De acuerdo con Saab, destacó que el Ministerio Público (MP) tiene como función dirigir la dirección penal para establecer responsabilidades hacia quien cometa un delito. Mientras que la Defensoría del Pueblo actúa para mediar en función de garantizar la justicia a las víctimas "sin entrar en conflictos" con otras instituciones públicas. 

Tras la decisión del TSJ, la Fiscal General de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, dijo que solo el ente que dirige está en capacidad de dirigir una investigación, en referencia a los casos de violaciones de derechos humanos cometidos en medio de la ola de violencia promovida por la oposición. 

"Se nos ha limitado esta actuación y es una violación del derecho a la defensa de cualquier víctima", dijo el defensor. Asimismo, añadió que la Defensoría debe participar en las pesquisas "porque somos un órgano de buena fe, no podemos estar limitados.


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