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El nuevo Decreto indica que las personas que permanezcan en prisión por delitos de amnistía serán beneficiados con libertad condicional.

El nuevo Decreto indica que las personas que permanezcan en prisión por delitos de amnistía serán beneficiados con libertad condicional. | Foto: EFE

Publicado 21 julio 2017



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Con el Decreto 1252 expedido por el Ministerio de Justicia de Colombia se conceden beneficios a los excombatientes de las FARC-EP y se consolidan los Acuerdos de Paz.

Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - Ejército del Pueblo (FARC-EP) se mostraron satisfechas este viernes por la expedición del decreto que reglamenta otras excarcelaciones bajo la figura de la amnistía a miembros de la organización. 

El Gobierno de Colombia, anunció el pasado miércoles la promulgación del Decreto 1252, que tiene como fin agilizar las amnistías e indultos a excombatientes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia - Ejército del Pueblo (FARC-EP).

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Iván Márquez, jefe de la organización ante la Comisión de Seguimiento y Verificación, manifestó que es positivo que ese proceso esté marchando en el camino adecuado para cumplir con lo pactado.

“Esperamos que las excarcelaciones sean lo más pronto posible, pero tenemos una fecha máxima porque el 1 de agosto todos nuestros guerrilleros deben estar fuera de las cárceles”, dijo Márquez.

La medida pretende dar continuidad a los parámetros establecidos con el Acuerdo de Paz firmado en noviembre de 2016 entre las partes.

Con este decreto se sientan las garantías jurídicas para que los insurgentes de las FARC-EP que decidan deponer sus armas e incorporarse a la vida civil no sufran acciones penales en su contra.

Se fijan así las amnistías, indultos y tratamientos penales diferenciados para los excombatientes que contemplan la Ley 1820 de 2016 o ley de amnistía.

Asimismo el Decreto indica que las personas que permanezcan en prisión por delitos de amnistía y que estén vinculados a diferentes procesos en el marco del conflicto serán beneficiados con libertad condicional.

“Siempre y cuando hayan permanecido cuando menos 5 años de privación efectiva de la libertad por uno o varios procesos o sentencias vigentes", expresa el Decreto.

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Las autoridades de justicia colombiana también advierten que de hallarse documentos falsos, material o ideología en las pruebas de quienes soliciten amnistía, se les revocará o negará el beneficio.

Según el Decreto, el trámite para conceder la amnistía no podrá ser mayor a 10 días contados a partir del momento en que se presente la solicitud.


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