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La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a cuatro exrepresores y un exfuncionario de Gendarmería por dos delitos consumados de homicidio, y cinco homicidios frustrados cometidos durante la dictadura

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a cuatro exrepresores y un exfuncionario de Gendarmería por dos delitos consumados de homicidio, y cinco homicidios frustrados cometidos durante la dictadura | Foto: www.eldesconcierto.cl

Publicado 3 febrero 2021



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La Corte de Apelaciones de la capital chilena ratifico la sentencia de 15 años de prisión contra cuatro exmilitares de la dictadura.

La Corte de Apelaciones de la capital chilena condenó este martes a cuatro exmilitares y un exfuncionario de Gendarmería por homicidios de presos de la antigua cárcel Pública de Santiago durante la dictadura de Augusto Pinochet.

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El tribunal ratificó la sentencia contra los exmilitares Eduardo Adolfo Arriagada Rheren, Sergio Rosende Ollarzú, Joaquín Larraín Gana y Jaime Fuenzalida Bravo a 15 años de prisión, en calidad de autores de los homicidios calificados y consumados de Víctor Hugo Corvalán Castillo y Héctor Walter Pacheco Díaz; y de los homicidios calificados frustrados de Guillermo Rodríguez Morales, Ricardo Antonio Aguilera Morales, Elizardo Enrique Aguilera Morales, Adalberto Muñoz Jara y Rafael Enrique Garrido Ceballos.

Por su  parte el exalcaide del recinto penal, Ronald Bennett Ramírez, deberá cumplir 10 años y un día de presidio, por su complicidad en los hechos, consistentes en el envenenamiento de los reos con la toxina botulímica, en diciembre de 1981, en lo que se calificó de 'una operación especial de inteligencia'.

La toxina fue administrada en los alimentos a los presos, cinco de los cuales pertenecían al Movimiento de Izquierda Revolucionaria, y aunque estos fueron llevados a la enfermería de la prisión para ser atendidos por el envenenamiento, fueron retornados a sus celdas al diagnosticarle solo una gastritis aguda.

El fallo establece que se trata de delitos de lesa humanidad, y por lo tanto, imprescriptibles y sin amnistía, de acuerdo con el Derecho Penal Internacional sobre Derechos Humanos.

La decisión de la corte puntualiza que los hechos formaban parte de una política de Estado sistemática y generalizada, practicada por sus agentes contra parte de la población civil, y que ocasionó graves daños a las víctimas, dos de las cuales murieron  y las otras cinco se salvaron gracias a tratamientos médicos.

El fallo ratificó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 1.300.000 dólares a las familias de las víctimas.


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