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El cuerpo normativo es señalado de ser represivo.

El cuerpo normativo es señalado de ser represivo. | Foto: APTOPIX

Publicado 21 junio 2016



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El Estado insiste en que el proyecto permite mayor control de las acciones policiales, pero el texto revela que los efectivos ejercen mayor poder sobre la ciudadanía. 

 

El nuevo Código de Policía en Colombia, aprobado la noche del jueves pasado, posee diversas regulaciones que pese a los intentos del Gobierno por asegurar que se realizaron en pro de la población, solo otorgan súper poderes a los policías de la nación, según refieren especialistas. 

De acuerdo con sus promotores, se trata de una modificación necesaria a un código promulgado hace 45 años, cuando las condiciones de seguridad ciudadana eran muy diferentes a las actuales.

La ley, que ahora pasa a conciliación entre la Cámara y el Senado, que incluye 144 artículos, según el Estado, permite que las acciones de los policías sean revisadas, pues al parecer serán grabados y retratados.

"Las actividades de la Policía son públicas. Se establece una autorización legal para que cualquier ciudadano pueda grabar, dejar documentada la acción de los hombres de la institución, los procedimientos policivos. Nadie puede impedirle a ese ciudadano que grabe. Es decir, las actuaciones de la Policía son de cara a la ciudadanía”, explicó el ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas.

>> Colombia aprueba Código de Policía que violenta libertades

Los detractores advierten que la realidad es que el proyecto se traduce en un retroceso para las libertades y derechos ciudadanos, al darle la oportunidad a los uniformados de disolver una protesta social, realizar un allanamiento sin orden judicial, detener a personas arbitrariamente, imponer multas, crear centros de detención para borrachos y personas en situaciones de calle, entre otros aspectos. 

También contempla la captura y el "traslado por protección" de personas que se encuentren en un espacio público en un estado alterado de conciencia por el consumo de bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas. Aunque no establece cuál será el mecanismo que aplicarían los agentes para determinar las condiciones de alteración de conciencia de un ciudadano.

Asimismo, el Código señala que los ciudadanos están obligados a avisar cuándo se va a hacer una protesta social. Esto, tomando en cuenta que las autoridades podrán disolverla de manera legal si "lo creen pertinente".

El proyecto represivo prohíbe los “actos circenses” en las calles y restringe, por ejemplo, la práctica del malabarismo que es tan frecuente en los semáforos de algunas ciudades del país.

De igual forma la normativa  habilita a la Policía para ingresar a un inmueble con el fin de “identificar, registrar y desactivar” cualquier fuente de ruido que esté afectando un conjunto residencial o vecindario, además de sancionar a los infractores con multas que ascienden a los 184 mil pesos (59 mil dólares).

El dato: Los funcionarios podrán cerrar moteles o prostíbulos ubicados en las zonas residenciales; suspender fiestas o sellar de manera temporal establecimientos; e incluso establece que las autoridades podrán controlar en las salidas de las salas de cine que las personas que ven las películas cumplan con la clasificación de las cintas. Además, da poder para que cualquier policía imponga multas.

>> Claves del polémico Código de Policía de Colombia

En contexto 

En su último debate, la Cámara de Representantes aprobó el nuevo Código de Policía. Sin embargo, el Congreso concluye este lunes sesiones ordinarias con la aprobación final del proyecto que reforma el Código que estaba vigente desde 1971.
El nuevo Código de Policía cambia el costo de las multas por distintas infracciones. Por ejemplo, establece una sanción de 657 mil pesos (216 mil 919 dólares) a quien agreda o "irrespete" a un funcionario policial, por lo que opositores al proyecto indican que los uniformados pueden aprovecharse del contenido del Código y abusar de sus acciones. 
El punto que más debate  ha causado es la posibilidad de los policías de ingresar a la vivienda, sin orden judicial, “cuando fuese de imperiosa necesidad”.

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