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El plenario de la CIJ falló a favor de la nación tica.

El plenario de la CIJ falló a favor de la nación tica. | Foto: Archivo

Publicado 16 diciembre 2015



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Según la Corte de la Haya todo el territorio al margen derecho del Río San Juan hasta el mar Caribe, es zona tica. 

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) con sede en La Haya falló a favor de Costa Rica en el litigio fronterizo que ésta nación enfrentaba con Nicaragua por daños irreversibles ocasionados por la construcción de una carretera paralela al río San Juan.

La CIJ emitió un solo fallo por una demanda interpuesta por Costa Rica en 2010 sobre una supuesta invasión militar y daños ambientales a un humedal protegido por convenios internacionales, y otra de Nicaragua de 2011 por supuesto daños ambientales al nicaragüense río San Juan durante la construcción de un camino por parte de su vecino.

El jurado determinó que la soberanía sobre la Isla Portillo, también conocida como isla Calero, le pertenece a Costa Rica. 

 

 

Esta sentencia da la razón al país denunciante en cuanto a la acusación de que Managua invadió su territorio durante el año 2010 y abrió un caño en la zona de la isla Calero.

 

 

Con relación a esto, la CIJ señaló que no existen pruebas de que ese canal existiera desde antes de 2010, tal y como lo había asegurado Nicaragua en la presentación de sus argumentos.

Asimismo, se establece que el país denunciado debe indemnizar al demandante, por los daños causados tras estas actividades ilícitas, sin embargo, los gastos de honorarios, y asesoría legal de les corresponde a cada nación.

Si no se logra acuerdo entre Costa Rica y Nicaragua sobre pagos a nuestro país, la Corte Internacional demandará a Nicaragua.

Respecto a la teoría de que se tratase de una invasión militar, la Corte informó que no se estudiaría esa posibilidad, debido a que ya quedó demostrado que hubo una violación de soberanía.

Dragado del río San Juan

En cuanto a la denuncia presentada por la parte nicaragüense por daños ambientales  a causa del dragado del río San Juan para la construcción de una trocha fronteriza por Costa Rica, la CIJ desmontó esta teoría.

En la lectura del fallo el juez Ronny Abraham del Tribunal indicó que no hay nada que demuestre que las operaciones en esa zona tuvieron efectos ambientales, por lo que no se hace necesario un nuevo análisis ambiental.

 

Tras la lectura del texto, Costa Rica expresó su "profunda satisfacción" por las medias cautelares emitidas por la CIJ, mientras que Nicaragua destacó que el dictamen deja claro que no han quedado como invasores y que tienen "derecho para dragar" el río San Juan.

Costa Rica no debe pagar

Según la sentencia de la CIJ, Costa Rica no deberá pagar por los supuestos daños causados a Nicaragua, pese a la solicitud de Managua de que se obligue a su país vecino a detener los trabajos en la zona fronteriza, el tribunal consideró que no es necesario.

Aunque se incumplió con la realización de un estudio de impacto ambiental por estas obras, Nicaragua no se ha visto afectada, por lo que no se debe ordenar que se detengan los trabajos.

De igual manera, se conoció que no es necesaria la orden respecto a la restauración de la zona donde se inició la construcción de la trocha o ruta nacional 1856.

Respecto al pago de alguna indemnización, la corte indicó que al no existir una prueba de daño ambiental significativo al río San Juan o alguna afectación a Nicaragua no hay nada que pagar.

Más temprano, el director ejecutivo del Foro Nacional de Reciclaje, Kamilo Lara, afirmó que a Managua le asiste el derecho soberano sobre el río San Juan, a partir de lo plasmado en instrumentos jurídicos internacionales que desde 1888 le permiten realizar labores de dragado allí.

En contraste, la CIJ determinó que todo el territorio al margen derecho del Río San Juan hasta el mar Caribe, es territorio tico. 

Además, el funcionario consideró que la construcción de la carretera por parte de Costa Rica sobre el río en cuestión incrementó la cantidad de sedimentos, “lo cual afecta seriamente la reserva de la biosfera, los recursos hídricos e incluso la calidad de vida de las comunidades”.

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A juicio de Lara, San José “ha pretendido confundir argumentando que le asiste un derecho sobre Harbour Head, sin embargo, los mapas que datan de 1888 y los laudos reafirman ese derecho soberano de Nicaragua”, aseveró.

EN CONTEXTO
En 2010, Costa Rica presentó la primera demanda y señalaba a Nicaragua de la presunta invasión de un pequeño territorio limítrofe durante los trabajos de dragado que Managua realizaba en el río San Juan.
A finales de 2011, Nicaragua demandó a Costa Rica ante la CIJ por causar daños ambientales en su territorio por la construcción de la carretera 1856.
En marzo de 2011, la Corte ordenó a ambos países a que se retiraran por completo de la zona mientras se resolvía la disputa.
EL DATO: El territorio de 3 km2, reivindicado como propio por ambos países, está resguardado por la Convención Internacional Ramsar de protección de humedales. Como isla Portillos es conocido en Costa Rica, mientras que en Nicaragua es nombrado como Harbour Head.

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