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Sectores de la sociedad ecuatoriana que defienden el derecho al aborto exigen que no se dilate más la proclamación de esta ley.

Sectores de la sociedad ecuatoriana que defienden el derecho al aborto exigen que no se dilate más la proclamación de esta ley. | Foto: EFE

Publicado 13 abril 2022



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Considera improcedente la consulta de la Asamblea sobre el veto presidencial a dicha ley y se pronuncia por que el trámite siga allí.

La Corte Constitucional de Ecuador devolvió este martes a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Casos de violación, luego de considerar improcedente la consulta que le envió el Legislativo sobre la constitucionalidad del veto que aplicó a dicha norma el presidente Guillermo Lasso.

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Los ocho jueces de esa instancia resolvieron, de manera unánime, que la Asamblea no tiene competencia para calificar la naturaleza de la objeción presidencial, por lo cual el trámite a dicha norma ha de continuar en el Legislativo.

Según esa decisión, la Comisión de Justicia de la Asamblea deberá proponer la ratificación del texto aprobado por los asambleístas o allanar el veto enviado por Lasso.

En su fallo, la Corte recordó que continúan avanzando los plazos de tiempo para el tratamiento del referido proyecto de ley.

De acuerdo con la ley, la Asamblea dispone de dos días para llegar a consenso o de lo contrario la norma entraría en vigor con las objeciones hechas por el Ejecutivo.

El Parlamento ecuatoriano aprobó esta ley el 12 de febrero pasado. Días después, Lasso presentó un veto parcial. Tras este hecho, el pasado 5 de abril el Legislativo resolvió enviar dicho veto a la Corte Constitucional, alegando que las objeciones del mandatario obedecían a razones de constitucionalidad.

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En la norma aprobada por la Asamblea se establece que las mujeres mayores de 18 años podrán interrumpir el embarazo en casos de violación hasta la semana 12; mientras que para niñas, adolescentes y mujeres de la ruralidad será hasta la semana 18.

Sin embargo, el veto de Lasso supone unificar esta fecha para ambos casos en 12 semanas. Además, incluye requisitos como una declaración jurada o denuncia para que las mujeres puedan acceder a este servicio de salud.


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