De acuerdo con la Convención de Ginebra, un refugiado es una persona que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de su país.
Otras razones son que careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores no quiera regresar a su país.
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Los países que encabezan la lista son Jordania, Ribera Occidental y Gaza, Pakistán e Irán.
La Agencia de la ONU para los refugiados en Venezuela, abrió sus puertas en el año 1991 para atender las necesidades de las personas que solicitan el reconocimiento de la condición de refugiado en el país.
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