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La sentencia ratifica que Nicolás Maduro ha cumplido con los requisitos de los artículos 41 y 227 de la Constitución para ser presidente.

La sentencia ratifica que Nicolás Maduro ha cumplido con los requisitos de los artículos 41 y 227 de la Constitución para ser presidente. | Foto: Reuters

Publicado 28 octubre 2016



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Documentos oficiales emanados del registro civil de Venezuela y del Estado colombiano confirman que Nicolás Maduro nació en Caracas.

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela confirmó este viernes que el presidente Nicolás Maduro es ciudadano venezolano por nacimiento. La sentencia responde a los señalamientos infundados de la oposición de la supuesta nacionalidad colombiana del mandatario.

El TSj especificó que Nicolás Maduro Moros nació en Caracas (capital venezolana) y no posee otra nacionalidad. La información está acreditada mediante documentos oficiales expedidos por las máximas autoridades del registro civil de Venezuela, así como documentos irrefutables emanados del Estado colombiano.

"Las pruebas incontrovertibles acreditan con absoluta certeza que el prenombrado Jefe del Estado Venezolano, nació en la Ciudad de Caracas, para entonces, Departamento Libertador del Distrito Federal, Parroquia La Candelaria, el 23 de noviembre de 1962", indica la sentencia del TSJ.

En este sentido, el máximo tribunal ratificó que Nicolás Maduro "ha cumplido y cumple con los requisitos señalados en los artículos 41 y 227 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para ejercer el cargo de Presidente Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela".

Asimismo, el texto del Tribunal Supremo indicó que "con el asunto de la nacionalidad del Presidente de la República aclarado, quedan a salvo las acciones que correspondan en ejercicio de los derechos, deberes, principios y normas previstas en el ordenamiento jurídico, para hacer valer la responsabilidad constitucional, penal, civil y administrativa, junto a las declaratorias correspondientes".

El TSJ ordenó remitir la decisión al presidente Maduro, a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público, al Consejo Nacional Electoral y a la Procuraduría General de la República. Advirtió que la sentencia es de caracter vinculante frente a todos estos organismos y los órganos del Poder Público Nacional.

>> Presidente Maduro: el llamado a paro nacional fracasó en Venezuela


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