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En diciembre de 2015 fueron designados y juramentados 34 magistrados para cubrir las vacantes del Alto Tribunal. La sentencia 614 ratificó la validez de la sesión. 

En diciembre de 2015 fueron designados y juramentados 34 magistrados para cubrir las vacantes del Alto Tribunal. La sentencia 614 ratificó la validez de la sesión.  | Foto: TSJ

Publicado 14 junio 2017



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La fiscal Luisa Ortega solicitó el pasado lunes un recurso de nulidad contra la designación de 34 magistrados.

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela declaró este miércoles inadmisible el pedido de la fiscal general Luisa Ortega Díaz de ese país para impugnar la designación de magistrados principales y suplentes en esa instancia judicial. 

"La Sala Constitucional del Tribunal Supremo se declaró competente para conocer del recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido por la fiscal general Luisa Ortega Díaz, en su carácter de Fiscal General de la República, contra el Acuerdo emanado de la Asamblea Nacional el 23 de diciembre de 2015 (...) recurso que fue declarado inadmisible por haber operado la cosa juzgada", indica un comunicado emitido por el TSJ.

En diciembre de 2015 fueron designados y juramentados 34 magistrados para cubrir las vacantes del Alto Tribunal. La sentencia 614 ratificó la validez de la sesión. 

La directiva opositora de la Asamblea Nacional pretendía dejar sin efecto la designación y juramentación de los magistrados, sin embargo, la Sala Constitucional del TSJ declaró nulo el informe aprobado el 14 de julio de 2016.

Asimismo, la sentencia anuló el acto parlamentario de esa fecha y declaró que cualquier comisión, artificio o acción que tenga por objeto anular la designación de los magistrados carece de validez porque subvierte el procedimiento constitucional para remover a magistrados del TSJ.

En la sentencia se explica que según el artículo 265 de la Constitución venezolana, la AN sólo podrá remover magistrados "mediante una mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes, previa audiencia concedida al interesado o interesada, en caso de faltas graves ya calificadas por el Poder Ciudadano, en los términos que la ley establezca".


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