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El fiscal Federal de Casación Penal, Javier di Luca calificó que en la denuncia de Alberto Nisman no se "configura delito".

El fiscal Federal de Casación Penal, Javier di Luca calificó que en la denuncia de Alberto Nisman no se "configura delito". | Foto: Infobae

Publicado 20 abril 2015



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El fiscal Javier de Luca desestimó este lunes la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra la jefa de Estado de ese país suramericano, tras desistir de la activación de una investigación sobre el caso AMIA. Calificaron que en la denuncia de Nisman no se logra “configurar delito”.

El fiscal ante la Cámara Federal Casación Penal, Javier de Luca desestimó este lunes la denuncia del fallecido Alberto Nisman contra la presidenta Cristina Fernández sobre el presunto encubrimiento del atentado a la AMIA, luego de que desistiera de impulsar la investigación tras dos dictámenes previos en contra, informó Télam.

El fiscal De Luca calificó que los eventos denunciados por Alberto Nisman “no configuran delito”, así como cuando el juez federal Daniel Rafecas y la Sala I de la Cámara Federal porteña también desestimaron las acusaciones.

“No hubo delito alguno, consumado ni tentado”, determinó el fiscal De Luca al rechazar el recurso interpuesto por el fiscal ante la Cámara Federal, Germán Moldes.

El pasado 14 de enero el fiscal encargado de la causa AMIA, acusó a la presidenta Cristina Fernández, al canciller Héctor Timerman, y a otras seis personas de confabular un “sosfiticado plan delictivo” para solapar a los iraníes acusados de cometer el atentado a la AMIA en 1994.

“No es posible avanzar en las propuestas procesales de prueba de algunos hechos de la denuncia, porque tales hechos no configuran delito”, sostuvo el titular de la Fiscalía General 4 ante la Cámara Federal de Casación Penal en el tramo final de su dictamen de 26 páginas publicado por el sitio www.fiscales.gob.ar.

“En esta causa, por más que se recorran todas sus hipótesis una y otra vez, de la denuncia, del requerimiento de instrucción, de la apelación y del recurso de casación, no se logra encontrar delito alguno a averiguar y demostrar”, asintió.

De acuerdo a la denuncia sostenida ante Rafecas por el fiscal Gerardo Pollicita y ante la Cámara Federal por Moldes, el programa se habría llevado a cabo con la firma del memorándum en entendimiento con Irán para que los iraníes denunciados eludieran la justicia argentina.

Lea: “¿Quién era el fiscal Alberto Nisman?”

Alberto Nisman también acusó al diputado nacional Andrés Larroque, el supuesto espía iraní Jorge Alejandro “Yussuf” Khalil, al ex fiscal Héctor Luis Yrimia, a los activistas sociales Luis D´Elia y Fernando Esteche y al falso espía de la ex Side, Ramón Allan Héctor Bogado.

La exención debía lograrse, según Nisman luego de que la Interpol descartaran las “alertas rojas” sobre cinco de los imputados iraníes y que los forzaban a permanecer dentro de su país puesto que en otro lugar podrían ser detenidos y extraditados a Argentina.

De Luca recordó que en su fallo de primera instancia, el juez federal Rafecas “concluyó en que la plataforma fáctica denunciada no constituía delito sino que, por el contrario, todas las evidencias se contraponían de modo categórico a la existencia de la hipótesis acusatoria delineada por el fiscal”.

“Sostener que la firma de un tratado constituye un plan criminal, es un absurdo desde el punto de vista jurídico”, dijo De Luca, al resaltar que tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo “no pueden delinquir cuando ejercen sus competencias constitucionales” y que la firma de un memorándum internacional es una de sus potestades.

“La supuesta espuria intención de hacer cesar o dar de baja a las 'alertas rojas' de Interpol por parte del gobierno argentino y la formación de una llamada 'Comisión por la Verdad' para generar una hipótesis investigativa falsa no pueden, ni objetiva ni jurídicamente, constituir la `ayuda` que tipifica el artículo 277, apartado 1ero., inciso a), del Código Penal, ni ningún otro delito”, sostuvo De Luca en relación al delito de encubrimiento.

De Luca rechazó la realización de medidas de prueba solicitadas en principio por Pollicita al considerar que “sólo nos conduciría al mismo punto en el que estamos hoy, a la confirmación de hipótesis no delictivas”. 

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