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Publicado 10 septiembre 2015



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La ONU aprobó el proyecto presentado por Argentina, que con nueve principios busca poner freno a los fondos buitres y proteger los acuerdos de reestructuración de deudas de forma soberana.

La Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó este jueves, con 136 votos a favor, un proyecto con nueve principios propuesto por Argentina que busca que la convención internacional proteja los acuerdos de reestructuración de deudas de una forma soberana.

A través de la red social Twitter, la corresponsal de teleSUR, Karina Cartagena, informó la aprobación.

 

En esta jornada, se esperaba una votación a favor del proyecto de al menos 120 votos y se obtuvieron 136.

El resultado representa un freno a las maniobras de los llamados Fondos Buitres que ponen en riesgo a naciones como Argentina, que en la actualidad encabeza la iniciativa mundial.

teleSUR te invita a conocer en qué consisten los fondos buitres, cómo se manejan y los riesgos que representan:

1.- ¿Qué son los fondos buitres?

En su forma original, los fondos son títulos de deuda que emite un Estado a sujetos o empresas en mercados internacionales, a cambio de dinero, el cual será devuelto al cumplirse una fecha de vencimiento con una ganancia por intereses. Sin embargo, en Argentina estos bonistas, luego de comprar bonos que ya estaban cerca del vencimiento a precios irrisorios, han tenido un comportamiento rapaz y reclaman unos mil 300 millones de dólares por el valor original de compra de los bonos y cerca de 200 millones por intereses.

Para ello, recurrieron a los Tribunales de Estados Unidos, donde recibieron el apoyo que estaban buscando del juez neoyorquino Thomas Griesa, quien en 2012 determinó que la nación suramericana debía cancelar primero a los fondos especulativos antes que a los bonistas que se adhirieron al proceso de canje desde 2005, en el marco del pago de la deuda soberana argentina.

Y es que los buitres representan un minúsculo grupo de acreedores, alrededor del 1 por ciento, que no aceptaron canjear los bonos que poseían y reestructurar la deuda, como lo hicieron otros en 2005 y 2010. Entre el pequeño grupo que se negaba a negociar está el estadounidense NML Capital, del multimillonario de Wall Street Paul Singer.

2.- ¿Cuál ha sido la posición de la justicia estadounidense sobre el caso?

Tras el fallo del juez estadounidense, en 2013 el Tribunal de Apelaciones de Nueva York confirmó el dictamen del juez, mientras que un año más tarde, la Corte Suprema de Estados Unidos rechazó revisar la apelación presentada por Argentina sobre este fallo. Pero el juez fue un poco más allá, y después bloqueó el pago en dólares de una parte de la deuda con los acreedores que sí habían reestructurado la deuda, para luego desbloquearlo parcialmente.

Sin embargo, el pasado 31 de agosto una Corte de Apelaciones de Nueva York determinó que los activos del Banco Central de Argentina no pueden ser embargados para el pago de deuda con los fondos buitre.  

El dictamen invitó al juez Thomas Griesa a que revisara su fallo sobre los embargos a los  pagos de la deuda soberana argentina y revirtiera el fallo que consideraba al Banco Central argentino como alter ego del Estado. Pero, de cualquier modo, la Corte precisó que esa decisión no significaba que Argentina no tuviera que negociar con sus acreedores. 
 

3.- ¿Cuál ha sido la postura de Argentina?

Argentina buscaba la reestructuración de la deuda, además, de revertir el fallo de Griesa. La nación insistió en un tiempo extra para la negociación de un acuerdo, como lo había hecho anteriormente, cuando ofreció nuevos bonos de deuda a cambio de los viejos y con descuento. Los fondos buitres no querían negociar ni replantear la deuda, que pondría en riesgo a los argentinos.

Así, en un acto soberano, la nación suramericana desistió de buscar un acuerdo y frente al bloqueo de los pagos aprobó una ley en el Congreso de Buenos Aires que permitiría a esa nación cancelar a los acreedores bonos de deuda reestructurados fuera de la jurisdicción estadounidense, es decir, los pagos los haría desde la entidad local Banco de la Nación Fideicomiso y no por medio del Bank of Ney York Mellon Corp.

Además, surgió el planteamiento y proyecto de un marco legal que proteja las negociaciones y acuerdos de reestructuración de deudas soberanas.

4.- ¿Qué pasos se han dado en el seno de la ONU sobre este tipo de casos?

Ante la necesidad de esta nueva legislación mundial, desde la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se discute un proyecto que contempla nueve principios: soberanía, buena fe, transparencia, imparcialidad, tratamiento equitativo, inmunidad soberana, legitimidad, sustentatibilidad y reestructuración de la mayoría.

El debate sobre este marco legal comenzó el año pasado cuando en el periodo de sesiones de la Asamblea General, 134 países acordaron establecer la convención que proteja el canje de deudas, esto en respaldo de la iniciativa de Argentina, y con la cual se beneficiaría a naciones como Grecia y Puerto Rico, que tienen deudas impagables a causa de las cuales se somete a la población a recortes sociales.

Para esta discusión, desde ese órgano en enero se conformó una comisión con diplomáticos y personalidad políticas, especialistas, y expertos en economía, entre ellos, Premios Nobel en esta área.

5.- ¿Ha sido Argentina el único país víctima de los fondos buitres?

Argentina no ha sido la única nación afectada por los fondos buitres. Otras naciones, especialmente de África y América Latina, han tenido que enfrentarse a ellos.

De acuerdo con Banco Africano de Desarrollo (BAD), al menos 20 países pobres con grandes deudas han sido amenazados o sometidos a acciones legales por los acreedores comerciales y ha registrado que hasta el año 2007 los fondos buitres alcanzaron sentencias a favor en 25 juicios por cerca de mil millones de dólares.


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