Más de 36 millones y medio de españoles fueron convocados a las urnas este domingo por segunda vez en seis meses, para elegir a 350 diputados y 208 senadores, así como el Jefe del Gobierno español. Esta segunda convocatoria sería el resultado de lo que analistas han calificado como la mayor crisis institucional desde la Transición .
La cita ocurre luego que el pasado 20 de diciembre los comicios dejaran un Parlamento fragmentado. Aunque en esos comicios el gubernamental Partido Popular (PP) ganó 123 escaños, este número estaba muy lejos de la mayoría absoluta en el Congreso y debía hacer alianzas para lograr formar Gobierno. Alianzas que no fueron alcanzadas.
Las encuestas revelan un escenario poco definitorio para este 26J tras el proceso comicial. La pregunta:
¿Qué ocurrirá en España de cara a la negociación entre partidos?
Comenzaría una etapa de reuniones, declaraciones y contactos cruzados entre los candidatos Mariano Rajoy, Pedro Sánchez, Pablo Iglesias y Albert Rivera para lograr un acuerdo base que permita que uno de los cuatro opte a la investidura una vez que se constituyan las nuevas Cámaras, previsto, de acuerdo con el decreto de convocatoria electoral, para el próximo 19 de julio.
A continuación el Rey abriría una ronda de contactos con los representantes de las fuerzas parlamentarias, de menor a mayor y designará un aspirante a recabar la confianza del Congreso. Esta persona sería la que haya conseguido más votos en las elecciones, pero no está escrito que deba ser así, por lo que puede ser otro.
También puede suceder que el primero de los aspirantes naturales decline el ofrecimiento del Rey por no disponer de apoyos que le garanticen la confianza de la Cámara. En caso de ocurrir esto Felipe VI procedería tras una nueva ronda a designar otro aspirante que, de seguir la lógica aritmética, sería quien haya quedado en segunda posición en las urnas.
¿Qué dice la Constitución?
La Constitución no marca plazos para celebrar la sesión de investidura; solo señala el procedimiento para designar al candidato.
La Constitución tampoco explica qué sucedería si ninguno de los líderes aceptara acudir al Congreso para solicitar su confianza por no tener los respaldos suficientes.
Sin sesión de investidura. Qué sigue:
Si no hay sesión de investidura no transcurre el proceso que pone en marcha los nuevos comicios. El Gobierno del PP seguiría en funciones pero con las manos atadas para impulsar la marcha nacional.
El artículo 99.5 de la Constitución de España señala: "Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso".