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Bula manifestó ser víctima de una supuesta extorsión por parte agentes judiciales.

Bula manifestó ser víctima de una supuesta extorsión por parte agentes judiciales. | Foto: Colprensa

Publicado 1 junio 2017



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El traslado del excongresista Otto Bula, implicado en el escándalo de Odebrecht, deberá realizarse en un término de 48 horas.

El Tribunal Superior de Bogotá ordenó este miércoles el traslado a la cárcel La Picota, en Bogotá, del excongresista colombiano Otto Nicolás Bula Bula, testigo clave en el proceso de Odebrecht y en el ascenso electoral de Mario Uribe Escobar,

La Fiscalía acusa a Otto Bula de ser el receptor del segundo soborno que la estatal petrolera Odebrecht giró para obtener contratos en Colombia. Según pruebas aportadas por el Departamento de Justicia de Estados Unidos (EE.UU.), Bula fue contratado por la empresa brasileña para que le fuese conferida la construcción de la vía Ocaña-Gamarra (2013) con la cantidad de peajes y condiciones que ellos querían. El ganadero aprovechó su influencia en sectores políticos para llevar adelante la maniobra.

La sentencia emitida el pasado miércoles por el magistrado Alberto Poveda Perdomo, ordena recluir al excongresista en el pabellón especial para funcionarios públicos de La Picota.

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El fallo sostiene que es el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) el encargado de garantizar medidas para brindar la debida protección de los derechos fundamentales de Bula, quien sigue detenido en las instalaciones de la Fiscalía.

"Ordenar al director del Inpec que en uso de sus facultades legales, en lo sucesivo estudie las peticiones de traslado de personas privadas de la libertad y determine la competencia y legalidad de quien las solicite, para que sin violentar el ordenamiento jurídico establezca su viabilidad o no y evite que se repitan situaciones como las que aquí ocurrieron", expresa el Tribunal.

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Perdomo a través de la sentencia hizo un llamado de atención al fiscal general Néstor Humberto Martínez para que "se prohíba a todos los funcionarios y empleados de esa entidad que se abroguen facultades y competencias que corresponden exclusivamente al Inpec y los funcionarios judiciales".

La resolución añade que "esta orden implica que en lo sucesivo, la Fiscalía General deberá abstenerse de impartir instrucciones para que la reclusión de los internos se haga en lugares diferentes a los que dispuso el funcionario judicial competente o en sitios no autorizados por el Código Penitenciario y Carcelario".   


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