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Los magistrados argumentan que la antigua ley limitaba el desarrollo de personalidad de los adolescentes.

Los magistrados argumentan que la antigua ley limitaba el desarrollo de personalidad de los adolescentes. | Foto: EFE

Publicado 27 abril 2017



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Esta nueva ley anula una antigua norma que limitaba la intervención de menores de edad, excepto por defectos de nacimiento o mala praxis. 

La Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia aprobó este miércoles una medida que permite a los jóvenes desde los 14 años realizarse cirugías estéticas, si poseen el consentimiento de sus padres. 

Esta aprobación anula el artículo 3 de la ley 1799 de 2016 que prohibía la práctica de estos procedimientos a menores de 18 años.

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Los magistrados argumentaron que dicha ley limitaba el desarrollo de la personalidad, intimidad y toma de decisiones de los jóvenes. Sin embargo, con la nueva norma el médico deberá evaluar si el menor de edad posee las condiciones aptas para tomar la decisión de operarse.   

Por su parte, la Procuraduría, en voz de la ex viceprocuradora Martha Isabel Castañeda, se pronunció a favor del artículo 3 de la ley y señaló que se debía mantener para impedir los prototipos y modelos creados por la cultura y el mercado. 

En Colombia un total de 102.000 jóvenes entre los 14 y 18 años se realizaron cirugías estéticas en el 2014, una cifra elevada para menores de edad.

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Cirujanos plásticos aseguran que practicar este tipo de intervenciones no son biológicamente recomendables, debido que los tejidos aún se encuentran en desarrollo y crecimiento. Destacan, que la mayoría de los adolescentes se someten a estas operaciones por ser aceptados en la sociedad y cumplir estereotipos de belleza que tiene la sociedad. 


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